Juzgado debe de valorar la forma en que el acusado pagará la mensualidad
29/07/16 | 15:55pm
Un hombre de 71 años con derrame cerebral que fue detenido el pasado 8 de julio en el Centro Penitenciario La Reforma quedó libre el 22 de julio debido a su padecimiento, según lo ordenó entonces la Sala Constitucional.
Tal y como consta en la resolución número 2016010405, el hombre debe de pagar una pensión alimentaria mensual de ¢279.145 desde el 2013; sin embargo debido a su discapacidad el único ingreso que tiene es la pensión por Vejez de la cual se le retienen ¢62.720 al mes.
La vocera del ente constitucional Vanlly Cantillo explicó que los magistrados usaron como base para su resolución dictámenes médicos que comprobaron las discapacidades de salud del hombre, por lo que se ordenó su liberación inmediata.
"No es recomendable que permanezca en un espacio carcelario y debe considerarse una medida alternativa de privación de libertad", indicaron los magistrados en sus conclusiones.
En cuanto al pago de la pensión la Sala no exoneró al hombre ya que no es materia de su competencia y debe de ser resuelta por el Juzgado correspondiente, explicó Cantillo.
Según datos de Ministerio de Justicia y Paz un total de 307 hombres se encontraban detenidos hasta el mes pasado en el sistema institucional por incumplir el pago de una pensión alimentaria.
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