​Costa Rica carece de reglamento para transporte marítimo de sustancias peligrosas

​Proyecto de Ley de Navegación Acuática espera aprobación en el Congreso desde hace tres años

Daniel Salazar M

04/05/15 | 14:26pm

Costa Rica carece de un cuerpo reglamentario o normativo para el transporte de sustancias peligrosas en mares, admitió Luis Fernando Coronado, Director de la División Marítimo Portuaria del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).

La carencia forma parte de una extensa lista de vacíos en materia de vigilancia y control de operaciones en los mares costarricenses que dificultan la aplicación de multas o medidas de índole penal en Costa Rica por eventualidades como la ocurrida durante este fin de semana, cuando una barcaza con 180 toneladas de nitrato de amonio se volcó en la costa de Puntarenas.

De acuerdo con Coronado, es urgente la revisión del proyecto de ley 18.512 (Ley de Navegación Acuática) que dispone de regulaciones en cuanto a accidentes o incidentes marinos, prohibiciones y disposiciones acerca de la contaminación en el medio acuático y el establecimiento de un régimen sancionatorio que incluya multas, la no tramitación de permisos o la tipificación de delitos por daños en el ambiente, entre otros.


La propuesta (firmada por el MOPT durante la Administración Chinchilla) fue presentada ante el Congreso desde el 6 de agosto de 2012 y había sido convocado por el actual gobierno, con el fin de prevenir incidentes como el presentado la primera semana de enero de 2015, cuando el naufragio de un catamarán en aguas del Pacífico costarricense cobró la vida de tres personas.


luis fernando coronado, director division maritimo portuaria

A pesar de la falta de cuerpo normativo y legal para aplicar sanciones inmediatas, el MOPT aseguró la tarde de este lunes que denunciará ante el Ministerio Público a la empresa Fertica S.A. dueña de la embarcación que provocó el derrame del fertilizante nitrato de amonio.

De acuerdo con el Ministerio, la empresa (que también tenía otras seis embarcaciones sin los debidos permisos de navegabilidad) se expone a sanciones de hasta tres años de cárcel y multas por daños ambientales.

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