Decreto que prohíbe huelgas tiene los días contados, afirma abogado laboral

​Gobierno reglamentó vía decreto el artículo 375 del Código de Trabajo para restringir movimientos laborales

19/12/14 | 09:59am

El decreto que firmó este jueves el presidente Luis Guillermo Solís, para prohibir las huelgas en servicios públicos esenciales y reglamentar lo que debe hacer el gobierno en caso de movimientos ilegales, "nace con los días contados", según comentó el abogado laboral, Marco Durante, la mañana de este viernes en el programa Nuestra Voz.

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Para el especialista en Derecho Laboral, el decreto lo que hace es establecer las normas de lo que dice actualmente el artículo 375 del Código de Trabajo que rige actualmente, pero en 2016 cuando entre en vigencia la ley procesal laboral, el decreto morirá porque está por debajo de la ley.

El abogado comentó que el decreto -que se convierte en una especie de reglamento del artículo 375 del Código de Trabajo y que ya de por sí prohibe las huelgas en servicios públicos esenciales- es una nota que refleja la voluntad política del gobierno y la posición que tienen sobre los paros laborales.

Sin embargo, según Durante, si no se logra aprobar el proyecto de ley 19.306 que enmienda los temas sensibles de la Reforma Procesal Laboral en cuanto a huelgas y sanciones, el decreto perderá validez en 2016 y los paros laborales ilegales se regularán tal y como lo contempla la ley procesal laboral.

El Presidente levantó el veto a la Reforma Procesal Laboral el pasado viernes 12 de diciembre que impuso la exmandataria, Laura Chinchilla en 2012. Mediante un transitorio aplazó la entrada en vigencia de la ley hasta 2016 para ganar tiempo que permita aprobar en el Congreso una enmienda con la cual prohibir las huelgas en los servicios públicos esenciales.

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