Seis parejas recibirán $300 mil del Estado como indemnización por prohibirles la FIV

Autoridades se comprometieron a empezar a ofrecer la técnica en la CCSS a más tardar el 11 de setiembre del 2017

07/12/16 | 14:59pm

El Estado costarricense acordó indemnizar por un monto de $300 mil a seis parejas que no pudieron realizarse la técnica de fecundación in vitro (FIV) en el país debido a la prohibición existente desde 1996.

El pago es parte del acuerdo al que llegaron las partes de la segunda demanda por esta causa que se tramita ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH). La propuesta tiene como finalidad cerrar el proceso legal, ante la disposición de las autoridades ticas.

La compensación económica se calculó en $50 mil por cada pareja basado en la resolución del Tribunal en el caso Artavia Murillo (primer grupo de nueve familias demandantes). También deberán cancelarse $15 mil por costas personas y procesales.

El abogado de los litigantes, Huberth May, señaló que la negociación se llevó a cabo de manera satisfactoria pues el Estado reconoció su responsabilidad por la prohibición de la técnica de reproducción asistida.

El defensor de las parejas añadió que las autoridades se comprometieron a ofrecer la FIV en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) a más tardar el 11 de setiembre del 2017.

El acuerdo también obliga al Ministerio de Educación Pública (MEP) a reforzar programas educativos que propicien la formación en derechos humanos, no discriminación y autonomía de la voluntad.

Este convenio entre las partes debe ser avalado por la CorteIDH que ya lo conoció en las sesiones del 3 de diciembre anterior.

El pasado 1 de marzo, este Tribunal internacional ordenó a Costa Rica autorizar de manera inmediata la fecundación in vitro y mantener vigente el Decreto Ejecutivo que emitió la administración Solís Rivera para regularlo y que fue declarado inconstitucional por la Sala Constitucional meses antes.

Según la resolución, el reglamento ordenado el 11 de setiembre del 2015 tiene validez sin perjuicio de que la Asamblea Legislativa emita alguna ley posterior para dar marco jurídico a la FIV.

El 28 de noviembre de 2012, la CorteIDH le ordenó al Estado aplicar la técnica de reproducción asistida y establecer las regulaciones necesarias para permitir su aplicación en Costa Rica. Desde 1996 una disposición de la Sala Constitucional prohibió el procedimiento.

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