Médicos dejan a víctimas de violación sin anticoncepción de emergencia por razones morales

Código de Ética del Colegio de Médicos permite a agremiados abstenerse de realizar procedimientos que vayan contra sus principios

21/08/17 | 16:57pm

Pese a que un Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Víctimas de Violación Sexual, de acatamiento obligatorio, dispone que en Costa Rica a un víctima de violación sexual se le debe prescribir el método de anticoncepción de emergencia para prevenir un embarazo, en la mayoría de casos la directriz se queda en el papel. Alegando que va en contra de sus principios morales, médicos de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) se niegan a acatarla.

Así lo señalaron en entrevistas brindadas por aparte a AmeliaRueda.com, la Jefa de la Secretaría Técnica de Género y Acceso a la Justicia del Poder Judicial, Jeannette Arias Meza, y la coordinadora del programa de normalización del VIH y enfermedades de transmisión sexual de la CCSS, Gloria Terwes.

Arias y Terwes son las encargadas de la implementación y fiscalización del Protocolo de las 72 horas para el Poder Judicial y la CCSS, respectivamente. El programa consiste en un esquema de atención integral que incluye contención sicológica y tratamiento antirretroviral para prevenir el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) en las víctimas de violación sexual dentro de las 72 horas posteriores al ataque.

El Protocolo se empezó a ejecutar en el país en octubre del 2014 y ya está instaurado en 13 centros médicos públicos, así como en el propio Poder Judicial.

Resistencia

Terwes explicó que hay un grupo de médicos que rehúsa prescribir la anticoncepción de emergencia a partir de valoraciones personales y cuestionamientos a este método contraceptivo.

Los profesionales evocan la objeción de consciencia estipulada en el artículo 33 del Código de Ética del Colegio de Médicos, pues sostienen que el método es abortivo o que hay posibilidades de que lo sea, pese a que hay múltiples estudios científicos que demuestran lo contrario.

Artículo 33.- El médico a quien se solicitaren prestaciones que vayan en contra de su conciencia o de su convencimiento clínico, podrá negarse a intervenir. En estas circunstancias, procurará que otro colega continúe asistiendo al paciente, salvo que ello produjere graves e inmediatos daños para la salud del enfermo.

La anticoncepción de emergencia que se emplea en el país es el método de Yuzpe, que consiste en administrar dos ó cuatro pastillas o tabletas de anticonceptivo oral en determinadas dosis por dos días en el plazo de 72 horas tras una relación sexual sin protección. En el país no está prohibido y diversas organizaciones lo promueven para la prevención de embarazos en casos excepcionales.

Si bien los galenos pueden abstenerse de prescribir este procedimiento, el profesional debe recurrir a un colega para que este proceda con el tratamiento en cuestión, ratificó el presidente del Colegio de Médicos y Cirujanos, Andrés Castillo.

Además recalcó que el mismo Código de Ética (en el artículo 1, inciso B) resalta el valor del respeto al paciente como persona con dignidad, libertad y autonomía: "los valores, criterios y preferencias del enfermo gozan de prioridad en la toma de decisiones", indica el texto.

En esa misma línea opina el abogado del área de gestión judicial de la CCSS, Gustavo Camacho. Para él, aquellos médicos de la institución que se amparen en sus creencias personales para negar la prescripción de anticonceptivos de emergencia a una víctima de violación, deben informar a la paciente sobre la existencia de esa alternativa y respetar su decisión en caso de que ésta decida someterse a la misma, y de ser así remitirla a otro galeno.

Para la abogada experta en derechos humanos, Larissa Arroyo, le negativa de los médicos a suministrar la anticoncepción de emergencia es una grave violación a los derechos sexuales de las mujeres y señaló que estos profesionales deben ser sancionados.

La primera semana de julio, Arroyo compareció ante el Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) en Ginebra, Suiza, en representación de las organizaciones sociales del país. Allí denunció al Estado de Costa Rica por el incumplimiento de una serie de derechos de las mujeres, entre ellos la falta de acceso a la anticoncepción de emergencia.

“Si no está prohibida (la anticoncepción de emergencia) no hay razón para negarse a darla y no solo en casos de violación sexual, sino en todos los casos que lo amerite”, manifestó.

Directriz

En vista de la negativa de los médicos, las representantes del Protocolo solicitaron a la Presidencia de la República que emita una directriz a los profesionales en salud que se oponen a la anticoncepción de emergencia que los obligue, al menos, a informar y orientar a los pacientes sobre la opción del método contraceptivo.

Gloria Terwes dijo que una vez que esté lista la directriz será incorporada al Protocolo, aunque aclaró que ya se giró una orden de forma verbal para que se ejecute de forma inmediata la disposición.

AmeliaRueda.com

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