Huelgas en sector privado podrían convocarse con visto bueno de 16% de empleados, plantea reforma

​PAC, PUSC Y Frente Amplio pretenden revivir ley vetada por expresidenta Laura Chinchilla

08/09/14 | 20:47pm

Las huelgas en empresas privadas sin sindicato podrían convocarse con la aprobación de un 16 por ciento del total de los trabajadores. Así lo plantea un nuevo proyecto de ley de dos únicos artículos, que impulsan los diputados del Partido Acción Ciudadana (PAC), Unidad Social Cristiana (PUSC) y Frente Amplio para reformar el Código de Trabajo de 1943.

Los legisladores de estas tres agrupaciones políticas presentaron este lunes la iniciativa bajo el expediente 19.306, basada en la Reforma Procesal Laboral, que la expresidenta de la República, Laura Chinchilla Miranda (2010-2014) vetó en octubre del 2012.

La jefa de fracción del PAC, Emilia Molina, aseguró que el sector empresarial fue consultado y estuvo de acuerdo con el 16 por ciento que plantea la reforma en su artículo primero.

Molina explicó que anteriormente las empresas privadas podían convocar a huelga con la aprobación de un 60 por ciento de los empleados, pero la Sala Constitucional había eliminado esta posibilidad tras resolver un recurso de amparo.

jefa de fracción del pac, emilia molina

El nuevo proyecto plantea en su artículo 1 la reforma del artículo 375 del Código de Trabajo, y establece que, para discutir la posibilidad de huelga en una empresa privada sin sindicato, deben asistir a votar al menos el 30 por ciento de sus trabajadores. Esto significa que la mitad más uno de ese 30 por ciento podría decidir si se va o no a huelga, es decir, 16 empleados en una empresa de 100 trabajadores.

"La huelga se entenderá acordada si el resultado fuere afirmativo y hubiese concurrido a votar al menos un treinta por ciento del total de los trabajadores de la empresa, institución o el respectivo centro de trabajo, según sea el caso," reza el artículo 1 de la iniciativa de ley.

El proyecto también define los servicios básicos esenciales, y establece que se debe preparar un "plan de servicios mínimos" para que la huelga sea legal.

Según la jefa de fracción del PAC, el establecer un "plan de servicios mínimo" garantiza que no se descuidarían los servicios básicos esenciales, es decir salud pública, cuerpos policiales, proveedores de agua, electricidad y telecomunicaciones, así como el tráfico aéreo.

Molina explicó que, para que el proyecto de ley avance, es necesario que el presidente de la República, Luis Guillermo Solís, levante el veto que impuso Chinchilla.

Una de las razones por las cuales Chinchilla vetó la Reforma Procesal Laboral fue porque establecía una prohibición para contratar personal temporal para sustituir huelguistas.

Otro de los cambios que establece la nueva propuesta, es que los funcionarios se reincorporen a sus trabajos 24 horas después de la huelga y no 48, como establecía la reforma inicial.

En caso de que un patrón no esté de acuerdo con el "plan de servicios mínimo" podrá pedir a un juzgado de trabajo declarar el movimiento como ilegal. El juzgado deberá resolver si la huelga es o no ilegal.

AmeliaRueda.com

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