Aresep tiene potestad de pedir concesión a empresas que quieran vender excedentes de electricidad

Entidad resolvió que Autoridad Reguladora puede establecer reglas para este mercado

30/06/15 | 17:08pm

Las empresas que generen más de 2 megavatios (MW) de electricidad con diferentes mecanismos y quieran vender los excedentes al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y a la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL) tendrán que obtener una concesión y un permiso ambiental.

La Procuraduría General de la República (PGR), resolvió en el dictamen C-165-2015 emitido la semana anterior, que la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) tiene la potestad de establecer las reglas para la venta de excedentes de electricidad.

El dictamen respalda los requisitos que Aresep pide a los usuarios y empresas que generan electricidad para autoabastecerse, en la norma técnica AR-NT- POASEN para vender excedentes a las empresas estatales.

La Autoridad Reguladora reconoce dos tipos de generación eléctrica distribuida: la venta de excedentes y el neteo.

Para la venta de excedentes una empresa que genera más de 2MW tendrá que obtener una concesión, un permiso ante la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), inscribirse ante la Caja Costarricense del Seguro Socia (CCSS) y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF) y una concesión de uso de agua en caso de que utilice esa fuente.

vocera de aresep, arlene raventós

La vocera de Aresep, Arlene Raventós, explicó que el dictamen de la PGR respalda la potestad de la Autoridad Reguladora para definir las reglas que deben cumplir los generadores de electricidad, así como establecer los montos que debe cancelar una empresa estatal para comprar la energía.

El otro mecanismo que regula la Aresep es el de neteo que consiste en un intercambio de energía entre el pequeño generador de electricidad y el ICE o la CNFL.

En estos casos se toman en cuenta las generaciones a pequeña escala producidas con fuentes naturales como biomasa, solar o eólica.

Para el neteo, no se requiere concesión, pero sí debe existir un acuerdo con la empresa -ICE o CNFL- y sujetarse a las tarifas que establece la Aresep.

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