Candidatos a la Presidencia pueden bloquear usuarios en redes sociales, resuelve el TSE

​Magistrados declararon sin lugar un recurso de amparo electoral contra el excandidato Juan Diego Castro

05/06/18 | 16:28pm

Los candidatos a la Presidencia de la República o cualquier otro puesto de elección popular pueden bloquear a usuarios en sus redes sociales

Así lo resolvió el Tribunal Supremos de Elecciones (TSE) este 4 de junio tras conocer un recurso de amparo electoral contra el excandidato del Partido Integración Nacional (PIN), Juan Diego Castro, quien bloqueó a un usuario de Twitter.

Quien presentó el amparo fue el periodista David Delgado. Él alegó que hubo una violación del derecho a la información y la libertad de opinión.

El recurrente presentó el recurso amparo luego de que Castro lo bloqueó en diciembre anterior, justo después de cuestionar su plan de Gobierno y expresar razones por las que él consideraba que no debía llegar a ocupar la Presidencia.

Sin embargo, los magistrados electorales consideraron que el "Estado no puede obligar a quienes se postulan a un cargo de elección popular a gestionar sus perfiles de una manera determinada (aceptar, bloquear, desbloquear o eliminar seguidores, publicaciones, comentarios, entre otros), pues ello supone una restricción irrazonable a la autonomía de la voluntad de la persona y una extralimitación de las competencias" de parte de dicho órgano electoral.

Para el TSE, el hecho de que un usuario sea bloqueado no lo excluye de juzgar o tomar en cuenta, para definir su voto, los criterios y actuaciones de los candidatos porque ellos adquieren "notoriedad y relevancia pública".

"No se observa que el referido bloqueo en Twitter limite la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información como para que este Tribunal (sujeto al principio de legalidad como todo órgano del Estado) obligue a una persona a administrar sus plataformas digitales personales de una forma determinada; hacerlo sería condicionar sus libertades y autonomía de la voluntad sin fundamento razonable alguno", falló el TSE.

Los magistrados Luis Antonio Sobrado, Eugenia Zamora, Max Esquivel y Luis Diego Brenes declararon sin lugar el recurso, mientras que la magistrada Zetty Bou salvó el voto por considerar que los candidatos no deben bloquear a usuarios debido a que "un voto informado es un voto inteligente".

AmeliaRueda.com

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