Casi 90 mujeres por año denuncian a su esposo o conviviente por violación

​Agresión se castiga hasta con 18 años de prisión <i> </i>

22/08/17 | 13:25pm

La violó en “unas treinta ocasiones”. En todas se valió de la intimidación y la violencia para perpetuar el acto. Tomaba a la mujer por la fuerza, la llevaba hasta la cama y la amenazaba con que le daría muerte a ella y a sus hijos si no se dejaba acceder carnalmente.

La narración de los hechos se extrae de la sentencia N° 92-96 del Tribunal Penal, que condenó al ofensor, esposo de la víctima, a 13 años de cárcel. La resolución fue ratificada por el Sala de Casación Penal (máximo órgano de la materia) por medio del voto Nº 579-F-96 de octubre de 1996.

El fallo evidencia el freno que desde la justicia se le quiere imponer a una de las peores manifestaciones del machismo: la violación sexual cometida por un cónyuge o conviviente.

Entre el 2011 y el 2015 un total de 442 mujeres denunciaron haber sido víctimas de este delito ante el Ministerio Público, lo que arroja un promedio 88 al año, según revela un análisis elaborado por DataBaseAR, unidad de investigación de AmeliaRueda.com, a partir de las estadísticas del Poder Judicial.

El ilícito se denomina “violación contra una mujer” y está estipulado en el artículo 29 de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres. La sanción puede ser de hasta 18 años de prisión.

Artículo 29: Quien le introduzca el pene, por vía oral, anal o vaginal, a una mujer con quien mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no, contra la voluntad de ella, será sancionado con pena de prisión de doce a dieciocho años. La misma pena será aplicada a quien le introduzca algún objeto, animal o parte del cuerpo, por vía vaginal o anal, a quien obligue a la ofendida a introducir, por vía anal o vaginal, cualquier parte del cuerpo u objeto al autor o a sí misma.

Control y propiedad

“Es una forma de control, de concebir a la mujer como una propiedad”, explicó Adina García, abogada del Área de Violencia de Género del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), unidad donde se le da contención sicológica y asesoría legal a las mujeres víctimas de abusos y agresiones.

García añadió que la violación sexual en las relaciones de pareja es producto de una sociedad patriarcal, en donde el hombre se considera legitimado para tener relaciones sexuales con su pareja aunque esta no lo desee; es decir, considera que al violarla no la está violando, sino que está ejerciendo su derecho.

En esa misma línea, la socióloga experta en temas de género, Montserrat Sagot, detalló que lograr que se aceptara la violación en el matrimonio o la unión libre requirió grandes batallas a nivel político y social a lo largo del mundo, pues se negaba el delito alegando un “deber conyugal” de las mujeres.

No obstante, aclaró la experta, aunque existe un tipo penal, la idea del “deber conyugal” sigue presente en la tradición e imaginario de muchos hombres, un argumento que incluso ha sido utilizado en estrados judiciales, por ejemplo en un recurso de casación penal presentado en diciembre de 1994 por un ofensor condenado a cinco años de cárcel por violar a su esposa.

El recurrente alegó en aquel entonces que al tratarse de su mujer, el acceso carnal por la fuerza no era constitutivo de un delito, sino parte de la mutua entrega sexual a que se obligan los cónyuges, y que el varón está en facultades de hacer valer.

Los magistrados declararon sin lugar el recurso y argumentaron: “El matrimonio no es un acto que dé a ninguno de los contrayentes facultades de dominio sobre el otro. Nunca puede estimarse que el vínculo matrimonial implique la enajenación de las libertades inherentes a la condición de ser humano. Concebir que por haber contraído matrimonio uno de los cónyuges, habitualmente la mujer, pierde su individualidad e identidad (es decir su propia forma de ser, pensar, sentir, vivir y de tener expectativas) y se ve sometida a la voluntad y talante del otro, es una visión atávica de la relación interpersonal, propia de una actitud cosificante”.

Barreras y cambio

La sicóloga del INAMU, Ana Hidalgo, destacó que pese a los avances para detener la violencia sexual contra las mujeres aún hay muchas barreras a superar, por ejemplo los mitos que buscan exculpar a los violadores y culpabilizar a las víctimas, mitos que son reproducidos en los medios de comunicación y que están presentes en los procesos penales.

Hidalgo criticó que el sistema de justicia no es amigable con las mujeres, y que el tener que demostrar que fueron violadas es todo un martirio para las víctimas.

Talleres, capacitaciones y campañas desarrolladas por el Ministerio de Educación Pública, así como el de Justicia, Trabajo y Salud, entre otros, son parte del Plan Nacional para la Prevención de la Violencia contra las Mujeres 2017-2032 tiene como eje cambiar la forma en que los varones construyen su masculinidad y trabajar su relación con el control, el poder y el manejo de la ira, la apuesta país para afrontar y reducir la violencia de género.

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