Abogados de Mélida Sol ís y Carlos Cerdas esperaban que se anularan insumos recopilados por Fiscalía en la investigación
17/02/22 | 14:37pm
El Juzgado Penal de Hacienda del II Circuito Judicial de San José confirmó nuevamente la legalidad de la prueba que hasta ahora ha obtenido la Fiscalía Anticorrupción en el caso conocido como “Cochinilla”.
Lo anterior pese a que, producto de una gestión interpuesta por los abogados de la imputada Mélida Solís (dueña de Constructora H.Solís), dicho órgano jurisdiccional reconoció la nulidad de varios artículos de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, entre ellos el segundo de la norma que define en qué escenarios podrá la Fiscalía pedir la declaratoria de crimen organizado sobre una investigación de tipo penal.
El acto resolutivo del juzgado se emitió este miércoles 16 de febrero durante una audiencia privada, que derivó de la petición expresa de los abogados de los imputados Mélida Solís y Carlos Cerdas (Meco).
Durante esa diligencia judicial, los juristas defensores plantearon ante el juzgado que por un error en la Asamblea Legislativa, varios artículos de la Ley contra el Crimen Organizado estaban derogados desde octubre de 2019, y nunca se corrigió ese fallo, por lo que, a su criterio, debía haber una incidencia sobre las actuaciones que a la fecha había venido realizando el Ministerio Público, por ejemplo: las intervenciones telefónicas y el allanamiento donde se obtuvieron evidencias para el caso.
“Aquí lo importante es que no hay duda de que el articulo (2) está derogado, está pendiente el alcance de esa derogatoria, pues es la base absoluta sobre la cual se puede seguir conociendo respecto a allanamientos, medidas cautelares, todo lo que presupone la declaratoria de crimen organizada en un proceso como este”, dijo el abogado de Solís, Juan Marco Rivero.
Ante consulta hecha por AmeliaRueda.com, el Juzgado Penal de Hacienda manifestó que es inexacto sugerir, que el caso Cochinilla está perdido por la derogatoria de algunos artículos de la ley antes mencionada.
“Se considera que el artículo 2 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada se encuentra derogado por un error legislativo. A pesar de ello, esa derogatoria NO produjo efectos en el denominado caso Cochinilla, en el tanto la declaratoria de Crimen Organizado, se realizó con anterioridad a esa derogatoria. La resolución dictada por este Juzgado Penal NO ordena la anulación de ninguna prueba, ni considera que haya existido ninguna nulidad dentro de este proceso penal”, citaron.
Según detalló el despacho jurisdiccional, los mismos abogados plantearon un recurso de apelación cuya finalidad consiste en que se expresen cuáles son los alcances de la confirmación de nulidad de los párrafos dentro de la norma contra la delincuencia organizada.
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La Fiscalía por su parte, añadió que las actuaciones judiciales acumuladas dentro del expediente 19-00025-1218-PE, han estado apegadas a derecho.
¿Por qué un error legislativo? El abogado Juan Marco Rivero explicó que en octubre del 2019, la Asamblea Legislativa firmó la nueva Ley de la Jurisdicción Contra la Delincuencia Organizada, que tenía varios fines entre ellos crear órganos de combate contra la corrupción y delitos complejos.
El contenido de la norma citaba que algunos artículos, entre ellos el segundo, tercero y sexto, quedaban oficialmente derogados una vez que ingresara a regir esa nueva ley.
Quince días después de estar vigente ese marco jurídico, se ordenó su congelamiento debido a que el Poder Judicial no contaba con presupuesto económico para darle sostenimiento, por lo que, se continuó operando con la ley anterior, la cual nunca fue modificada en el Congreso por la anulación de algunos de sus párrafos.
El caso "Cochinilla" surge a partir de una investigación por un supuesto esquema de corrupción, por pago de dádivas y sobornos a empleados públicos del Ministerio de Obras Públicas y Transporte por parte de empresas constructoras privadas.
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