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Vehículo de la Sección de Cárceles del Organismo de Investigación Judicial

Condenan a Justicia por retención excesiva de reos en celdas del OIJ

​Privado de libertad tiene más de ocho días en la cárcel judicial, cuando jurisprudencia de la Sala Constitucional establece tres días como máximo

14/08/20 | 16:47pm

La Sala Constitucional condenó este 14 de agosto al Ministerio de Justicia y Paz (MJP) por la retención excesiva de privados de libertad en las celdas del Organismo de Investigación Judicial (OIJ).

Esto luego de que los magistrados declararan con lugar un recurso de habeas corpus -figura que garantiza la libertad de una persona y la protege de una detención ilegítima- presentado por el director de la Policía Judicial, Wálter Espinoza, a favor de un reo que tiene más de ocho días en esas cárceles, a la espera de ser trasladado a un centro penitenciario.

Jurisprudencia del tribunal ha determinado que el tiempo máximo que una persona puede pasar en esas celdas es de tres días.

La decisión de los altos jueces fue dictada de manera unánime y consta en el voto número 2020-015329.

El recurso de Espinoza fue interpuesto contra el Ministerio de Justicia y su Dirección General de Adaptación Social (DGAS), encargadas de la reubicación de los privados de libertad en los centros penales, una vez que, por razones técnicas, no deban permanecer más tiempo en celdas judiciales que el estrictamente necesario para la atención de las diligencias o la definición de su situación jurídica.

Dentro de los argumentos del recurrente, se destaca que las celdas del Organismo de Investigación han sido diseñadas para el tránsito de personas detenidas y no como recintos de custodia definitiva.

También se alega que las condiciones de hacinamiento que se están generando en las celdas de la Policía Judicial afectan la sana convivencia y crean un clima inadecuado que puede detonar en agresiones y perturbaciones emocionales de las personas privadas de libertad

Al declarar el habeas corpus con lugar, los magistrados ordenaron a las entidades recurridas tomar todas aquellas medidas que se encuentren dentro del ámbito de sus competencias y coordinar entre sí lo pertinente, para que, de forma inmediata, los reos que estén en idénticas circunstancias al tutelado sean reubicados en una cárcel.

El alto juez instructor del caso, Jorge Araya, manifestó que la Sala es consciente de todos los obstáculos que afrontan actualmente las autoridades penitenciarias a raíz de la pandemia del nuevo coronavirus para ubicar, con prontitud, a los privados de libertad provenientes de celdas de la Policía Judicial; sin embargo, aclaró que es responsabilidad de dichas autoridades implementar y ejecutar medidas contundentes y efectivas que permitan que la población penitenciaria que se mantiene en celdas judiciales lo haga de forma temporal y no de manera prolongada.

Lo anterior por cuanto esto representa un claro menoscabo de sus derechos y garantías.

AmeliaRueda.com solicitó una reacción del Ministerio de Justicia sobre la resolución; no obstante, al cierre de esta publicación la misma se tenía en trámite.

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