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Corte Interamericana de Derechos Humanos

Estado costarricense cumple con medidas a favor de periodistas, como ordenó sentencia de CorteIDH

Costa Rica violó la libertad de expresión de dos periodistas en 2007, falló este año la Corte Interamericana de Derechos Humanos

30/09/22 | 10:28am

Las medidas impuestas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) contra Costa Rica, por haber violando la libertad de expresión de dos periodistas hace 15 años, ya han sido acatadas "en tiempo y forma", informó este viernes el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (MREC).

Tras notificarse la sentencia contra el Estado costarricense, el pasado 6 de septiembre, Cancillería ha realizado las tres publicaciones impuestas como medidas de satisfacción para resarcir "el daño ocasionado por la infracción de una obligación internacional", tal como disponen los mecanismos de reparación de la Corte IDH.

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La primera publicación se hizo el 8 de septiembre en el sitio web del MREC, incluyendo un acceso directo a la sentencia; la segunda fue el resumen del fallo en el Semanario Universidad, el 21 de septiembre; y la última fue la publicación de ese resumen también en La Gaceta del 28 de septiembre.

"La Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto ha venido coordinando y articulando con las diferentes instancias involucradas el cumplimiento de la sentencia y el seguimiento de sus avances, informando detalladamente a la Corte IDH dentro del proceso de supervisión", reza un comunicado de este viernes.

El Estado debe pagar a los afectados por el daño inmaterial causado y las costas y gastos del proceso, así como dejar sin efecto la atribución de responsabilidad civil que pesaba sobre estos periodistas desde que en 2007 un tribunal los condenó por publicar una nota en el periódico La Nación.

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La noticia, publicada en 2005, era sobre un jefe policial supuestamente investigado por tráfico de licores y se basaba en información suministrada por el Ministerio de Seguridad. El funcionario los demandó por difamación por tratarse de datos inexactos, y un tribunal le dio la razón.

Los periodistas Ronald Moya y Freddy Parrales elevaron el caso a Sala Tercera, que la confirmó, por lo que acudieron ante la Corte IDH, que década y media después resolvió que aquella sentencia fue "amedrentadora", una "imposición" y un acto que podría considerarse "censura".

La sanción civil impuesta a Moya y Parrales "no fue necesaria ni proporcional al fin legítimo perseguido", según la sentencia de la Corte IDH.

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