Órgano acusador del Estado defiende que Sala Tercera no conoció por el fondo caso de abogado que había sido acusado por sembrar matas de cannabis sativa en el patio de su casa
07/08/18 | 08:37am
El Ministerio Público aclaró que analizará cada caso de cultivo de marihuana antes de determinar si procederá a investigarlo.
La mañana de este martes en el programa Nuestra Voz, la fiscala adjunta de la Unidad de Capacitación, Mayra Campos Zúñiga, explicó el rol que mantendrá el órgano acusador del Estado a partir del voto 018-00481, con el que la Sala de Casación Penal dejó en firme la absolutoria al abogado Mario Alberto Cerdas, quien fue acusado por la Fiscalía de Alajuela por haber sembrado matas de cannabis sativa -comúnmente conocida como marihuana- en el corredor de su casa, pero de quien no se comprobó que hubiese vendido u ofrecido sus plantas a terceras personas.
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La funcionaria explicó que el caso concreto de Cerdas no puede generalizarse, por lo que la Fiscalía deberá analizar cada situación en específico de acuerdo con la prueba indiciaria que recabe el Organismo de Investigación Judicial (OIJ).
De acuerdo con un comunicado de la Fiscalía, el fallo de la Sala Tercera tiene que ver con el incumplimiento de requisitos que determinaron la inadmisibilidad del recurso, por lo que los magistrados no entraron a conocer por el fondo un reclamo que había planteado el Ministerio Público en el caso del profesional en derecho, lo que mantiene como delito el cultivo de la planta al no registrarse cambios en la jurisprudencia, así como la Ley de estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo.
"El voto de la Sala Tercera no conoció el fondo del asunto, lo que significa que no ha quedado despenalizado el delito de cultivo de marihuana. El Ministerio Público tiene la obligación de seguir investigando y analizando cada caso en concreto, y, al finalizar la investigación, determinar si acusa o si solicita una desestimación o un sobreseimiento", insistió la institución en su anuncio.
La Fiscalía acusó al abogado Mario Cerdas de haberse dedicado al cultivo de plantas de marihuana entre julio del 2014 y julio del 2015. Sin embargo, en la investigación no se probó que el abogado hubiese vendido ni ofrecido sus plantas de marihuana a terceras personas.
En enero del 2016, el Tribunal Penal de Alajuela absolvió a Mario Cerdas de un delito de cultivo de marihuana y, en enero del 2018, el Tribunal de Apelación de San Ramón, rechazó un recurso de apelación formulado por el Ministerio Público.
El caso fue elevado ante la Sala Tercera por el fiscal Fernando Arguedas, quien argumentó que con esas dos resoluciones se estaba dando una autorización general a la ciudadanía para sembrar marihuana en casas de forma pública y notoria, lo cual impide al Estado el ejercicio de la acción penal.
Los magistrados no resolvieron la apelación por el fondo, pero lo declararon inadmisible por "incumplir con los requisitos establecidos en la normativa procesal para admitir la impugnación".
Crédito de fotografía: Los Replicantes.
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