Fracasa en Sala IV acción de Gamboa para impedir a fiscala investigar a miembros de Supremos Poderes

​Magistrado alegaba que artículos del Código Procesal Penal impiden garantías para el derecho de defensa en igualdad de condiciones con los ciudadanos

06/04/18 | 08:33am

Una acción del magistrado de la Sala de Casación Penal, Celso Gamboa Sánchez, para impedir a la Fiscalía General de la República investigar a miembros de los Supremos Poderes fue rechazada de pleno por la Sala Constitucional.

La resolución número 2018004292, de la cual AmeliaRueda.com tiene copia, significa un nuevo revés para el alto juez, quien solicitó el 27 de enero del presente año la inconstitucionalidad de los artículos 391, 394, 395, 398, 399 y 400 del Código Procesal Penal porque supuestamente estos infringen los artículos 33, 35 y 39 de la Constitución Política.

De acuerdo con la determinación del 15 de marzo, Gamboa alega que las normas impugnadas establecen un procedimiento violatorio de los derechos fundamentales de los miembros de los tres Poderes de la República, ya que se les impide contar con las mismas garantías para el derecho de defensa respecto a los demás ciudadanos costarricenses.

La acción además reclama que los miembros de los Supremos Poderes tampoco pueden conocer de previo las acusaciones planteadas en su contra, ni tener un juez natural o la posibilidad asegurada de que puedan denegar el fallo ante un tribunal superior.

Según Gamboa, lo anterior no sólo violenta lo dispuesto en la Carta Magna, sino también lo estipulado en los numerales 8.1, 8.2 y 24 de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José).

Paralelamente, el magistrado presentó un recurso de amparo sobre el cual se apoya la acción de inconstitucionalidad.

Ante ello, el Tribunal Constitucional indica que para que la acción sea procedente, los recursos deben ser, a su vez, admisibles, en consecuencia con la sentencia 2004-94 del 27 de abril de 1994.

"El amparo al que hace referencia el accionante (Gamboa), como asunto base de la presente acción de inconstitucionalidad, ya se rechazó de plano, mediante sentencia número 2018-004287 de las 09:00 hrs. de 15 de marzo de 2018. Por ende, al haberse declarado inadmisible el citado recurso de amparo, este no puede estimarse como medio idóneo para servir de base para una acción de inconstitucionalidad, en los términos del citado artículo 75 de la ley que rige esta jurisdicción", indica la resolución.

La fiscala general, Emilia Navas Aparicio, solicitó a la Sala Penal iniciar el procedimiento para levantarle la inmunidad al magistrado con el fin de que este hiciera frente a una investigación que enfrenta desde el 13 de noviembre anterior, cuando la jefa del Departamento de Prensa del Ministerio Público, Tatiana Vargas Vindas, declaró ante el Tribunal de la Inspección Judicial, que Gamboa intervino en una causa contra el alcalde de San José, Johnny Araya Monge; el alcalde de Alajuela, Roberto Thompson Chacón; y el de San Carlos, Alfredo Córdoba Soro.

De acuerdo el testimonio de la periodista, la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA) eliminó el nombre del alcalde capitalino de un expediente en el que se le indagaba, junto a otras tres personas, por el supuesto delito de influencia contra la Hacienda Pública.

Los hechos se dieron en diciembre del 2015, cuando Gamboa desempeñaba el cargo de subjefe del Ministerio Público y le reclamó a Vargas por haber informado, tras una consulta del diario La Nación, que Araya figuraba como imputado en el expediente 12-000096-0621-PE.

El Tribunal acogió la petición y la trasladó al Asamblea Legislativa, entidad responsable de hacer los nombramientos en primera instancia. Ahí, 45 de los 46 diputados presentes el 1º de marzo, dieron su beneplácito para que el juez perdiera el fuero que le concede la Constitución como integrante de los Supremos Poderes.

Ahora los legisladores también tendrán que resolver en los próximos días una solicitud de destitución que acordó la Corte Plena el jueves anterior, luego de que los magistrados concluyeran que Gamboa incurrió en faltas gravísimas por su relación con el empresario importador del cemento chino, Juan Carlos Bolaños Rojas, con quien coincidió en un viaje a Panamá.

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