Sala Constitucional,Ministerio de Justicia y Paz,Bloqueo de señal,Sistema Penitenciario
Personal en cárcel La Reforma

​Funcionarios de La Reforma alegan estar incomunicados por bloqueo de señal; Sala IV rechaza amparo

​Tribunal determinó que el Ministerio de Justicia sí tomó acciones para garantizar acceso de funcionarios a teléfonos para llamar a familiares

20/01/21 | 18:09pm

Un grupo de 231 funcionarios del Centro de Atención Institucional (CAI) Jorge Arturo Montero Casto, conocido como "La Reforma", en San Rafael de Alajuela, alegaron ante la Sala Constitucional que quedaron incomunicados y sin acceso a internet con la implementación del bloqueo de señal celular a finales del año pasado. Sin embargo, el alto tribunal les rechazó el recurso de amparo.

Los trabajadores recurrentes tienen una jornada de siete días laborales por siete de descanso. En los días de trabajo, estos permanecen las 24 horas del día en el centro penitenciario con prohibición de salir.

En su recurso de amparo, los personeros denunciaron que en las instalaciones solo cuentan con dos teléfonos públicos disponibles para que alrededor de 500 servidores realicen llamadas a allegados en ratos libres y que además carecen de un espacio acondicionado, como una sala de estudio, con acceso a internet.

La combinación de estas situaciones, denuncian, les coarta una comunicación efectiva en diferentes ámbitos y estiman que ello lesiona sus derechos constitucionales.

Por su parte, la ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas, adujo que la cartera "es solo un beneficiario o usuario" del Sistema de Inhibición de Servicios Inalámbricos de Telecomunicaciones en Centros Penitenciarios -herramienta que impide llamar, enviar mensajes o utilizar datos móviles de teléfonos inteligentes-, por lo que "no le corresponde implementar soluciones tecnológicas".

Aún así, manifiesta la jerarca que el lugar cuenta con una línea de telefonía fija para la utilización del personal. Agrega que mediante la circular MJP-005-2020, se comunicó al personal sobre la autorización para utilizar los teléfonos fijos de uso administrativo para realizar llamadas de tipo personal en emergencias o causas de fuerza mayor y que, en caso de que un familiar del servidor requiera comunicarse con este último, puede hacerlo mediante una línea telefónica ubicada en la cabina de radio.

Salazar Rojas reconoció que el penal carece de líneas de fibra óptica para su personal, al tiempo informó de esfuerzos "para obtener donación que amplíen la dotación de radios para uso policial".

A ello abonó que los funcionarios de los centros penitenciarios tienen prohibición de portar y utilizar el celular durante el desempeño de sus funciones por motivos de seguridad institucional, según consta en el oficio MJP-01-2014.

Tras analizar los informes dados por las partes, y valorar lo dispuesto en la Ley General de Telecomunicaciones, el tribunal concluyó que la restricción impuesta en las cárceles respecto a la señal de servicios móviles no constituye una violación al derecho de comunicación.

"Si bien es cierto que los funcionarios tienen una jornada de trabajo especial que requiere su pernoctación en el centro penitenciario y que la autoridad recurrida debe garantizar su derecho a la comunicación en sus horas de descanso, el Ministerio de Justicia y Paz realizó una serie de acciones con la finalidad de que los servidores tengan acceso a teléfonos y líneas fijas para comunicarse con sus familias.

"De tal manera que se levantó un inventario de los teléfonos fijos institucionales y su funcionamiento, el estado de las centrales telefónicas y los radios policiales, con la finalidad de garantizar su disponibilidad para los servidores", indicaron los magistrados en la resolución 2021-000689, del 15 de enero pasado.

Por lo anterior, la Sala consideró "improcedente" el amparo.

La misma argumentación utilizó el tribunal para declarar sin lugar -al menos- dos recursos más formulados por una trabajadora del Centro de Atención Institucional del Adulto Mayor (fallo 2021-000681, del 8 de enero) y otros 68 personeros del Centro de Atención Institucional Luis Paulino Mora Mora (2021-000225, del 8 de enero).

"Como acostumbramos, recibimos con respeto estas resoluciones de la Sala Constitucional, que validan la gestión que hemos realizado desde este Ministerio para que esta solución tecnológica que implementaron las empresas proveedoras de servicios telefónicos transcurriera con la menor afectación posible para con nuestros y nuestras funcionarias en los distintos centros penales. Además, le permite al país seguir con una medida largamente esperada por la ciudadanía", comentó Salazar Rojas en un comunicado de prensa posterior a los fallos.

El bloqueo de señal celular se empezó a implementar de forma gradual en los 21 centros penales del país en la segunda mitad del año pasado, como medida para erradicar la comisión de delitos -como estafas- a través de teléfonos utilizados clandestinamente desde cárceles.

Por mandato legal, la implementación del sistema de inhibición del servicio móvil corresponde a las operadoras kölbi, Claro y Movistar.

Lea: En 21 cárceles del país se bloqueará señal celular a partir de diciembre, según Justicia

AmeliaRueda.com

Noticias, reportajes videos,

investigación, infografías.

Periodismo independiente en Costa Rica.

(506)4032-7931

comunicados@ameliarueda.com

Privacidad