Juez ordena a huelguistas de Japdeva regresar a sus labores en 24 horas

Sindicato de trabajadores de la institución no agotó la conciliación previa y paralizó un servicio esencial, según fallo en primera instancia

27/09/18 | 10:59am

El juez Francisco Vargas Ramírez, del Juzgado de Trabajo de Goicoechea, ordenó en primera instancia a los huelguistas de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva) regresar a sus labores al término de 24 horas, luego de haber declarado ilegal el movimiento protesta que sostienen desde el 10 de setiembre contra la reforma fiscal.

La sentencia, emitida la mañana de este jueves y pendiente de la culminación del periodo de tres días para la presentación de apelaciones, señala a la organización gremial de la institución de no haber cumplido con el debido agotamiento de la conciliación previa exigida entre los requisitos mínimos para respaldar la legalidad de la manifestación.

"En consecuencia se declara ilegal la huelga promovida por el Sindicato de Trabajadores de Japdeva. Se ordena a los huelguista que una vez notificada la presente resolución deberán incorporarse a sus centros de trabajo en el término de veinticuatro horas tal y como lo establece el artículo 385 del Código de Trabajo. Costas se falla sin especial condena en costas", reza el por tanto del escrito.

También, el fallo 1877-2018 determina que el Sindicato de Trabajadores de Japdeva (Sintrajap) ha paralizado un servicio que resulta esencial para la ciudadanía, tal y como lo es la operación de los puertos del Caribe.

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"Llega a la conclusión este juzgado que la paralización de los servicios que brindan los muelles de Limón centro y de Moín conlleva a una suspensión esencial para el país, toda vez que se paraliza la descarga y carga de los barcos, que contiene una serie de divisas e inclusive hasta alimentos que estando mucho tiempo sin manipular se ponen en estado de descomposición, así como otras divisas que se ven afectadas y la misma economía del país", dicta la resolución.

El documento extiende que la asociación laboral "no demostró el sindicato que se reunió o por lo menos intentó comunicarse con algún representante del Estado con el fin de llegar o proponer soluciones de arreglo al conflicto político nacional".

La resolución logró comprobar que en el movimiento huelguístico participó más de la mitad del personal de Japdeva, aunque no precisó un número exacto de personas; al tiempo que se avaló la fundamentación de la manifestación en criterios del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En lo que va de la semana, diferentes juzgados de trabajo han declarado ilegales otras seis protestas contra el proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, en las siguientes instituciones: Consejo Nacional de Producción (CNP), Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (Mivah), Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE), Municipalidad de Santa Ana y el Banco Central de Costa Rica (BCCR).

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Pese a que se entiende que los empleados en huelga deben retornar a sus funciones 24 horas después de calificada como ilegal su protesta, ninguna de las anteriores cinco sentencias lo habían especificado en su por tanto.

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