Justicia pide cuentas a directivo de Consejo Notarial por prohibir celebrar matrimonios gais

​Pese a opinión consultiva de la CorteIDH, Consejo ordenó a notarios no casar a parejas del mismos sexo hasta que se modifique normativa vigente

19/01/18 | 13:01pm

El ministro de Justicia Marco Feoli dio un plazo de 24 horas a un directivo del Consejo Superior Notarial para que le argumente las razones por las cuales votó el acuerdo 2018-002-024, en el cual resuelve que los notarios no pueden casar a personas del mismo sexo hasta tanto no se modifique la normativa vigente, en la cual ese tipo de unión sigue siendo prohibida.

El directivo es uno de los dos representantes de Justicia en dicho Consejo, se trata Juan Carlos Montero; el otro representante no participó en la sesión.

Ese acuerdo se tomó este jueves y se da pese a la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) dada a conocer el pasado 9 de enero, que legitimó el matrimonio entre personas del mismo sexo tras una consulta hecha por la vicepresidenta de la República, Ana Helena Chacón.

"Para el Ministerio de Justicia y Paz no hay duda sobre la obligatoriedad que tienen las instituciones del Estado en relación con la opinión externada por el alto tribunal regional. En este sentido, el acuerdo del Consejo Superior Notarial contradice no solo la opinión consultiva, sino también la posición del Poder Ejecutivo al respecto", dice Feoli en un documento enviado este viernes al Consejo Superior Notarial.

En el escrito, el jerarca argumenta la opinión consultiva de la CorteIDH es vinculante y que, al ampliar derechos, está por encima de la Constitución Política.

Rechazo por normativa vigente

El Consejo Superior Notarial alegó en el acuerdo "Que, hasta tanto no se produzca una reforma legislativa, o se emita una sentencia anulatoria en la vía constitucional, las normas que regulan el matrimonio en Costa Rica, en concreto el artículo 14 inciso 6 del Código de Familia, se mantienen vigentes, y por tal razón los notarios públicos, en el ejercicio de su función, deben apegarse a las mismas".

El artículo 14 inciso 6 del Código de Familia señala que es legalmente imposible el matrimonio entre personas del mismo sexo.

En el acuerdo, del que AmeliaRueda.com tiene copia, además se indica que la promulgación y vigencia de las leyes es competencia exclusiva del Poder Legislativo y que el artículo en cuestión es una norma de rango legal que no ha sido reformada ni anulada por una ley posterior ni por control de constitucionalidad, por lo que se encuentra en plena vigencia.

El plazo dado por el ministro de Justicia se vence el próximo lunes.

AmeliaRueda.com

Noticias, reportajes videos,

investigación, infografías.

Periodismo independiente en Costa Rica.

(506)4032-7931

comunicados@ameliarueda.com

Privacidad