Tribunal Constitucional condenó a ayuntamiento de Talamanca
28/07/15 | 11:56am
Las municipalidades no tienen potestad para declarar a una persona como "non grata", ordenó la Sala Constitucional, tras resolver un recurso de amparo contra la Municipalidad de Talamanca por declarar "non gratos" a un grupo de ambientalistas.
El Tribunal Constitucional declaró con lugar el recurso y determinó que dicha declaratoria es un medio intimidatorio que amenaza el ejercicio de derechos fundamentales de los tutelados como la libertad de expresión y a velar por la protección al ambiente.
El ordenamiento jurídico no otorga a las municipalidades potestad alguna para emitir dicha declaratoria, explicó la encargada de comunicación de la Sala, Vanlly Cantillo.
Asimismo, la declaratoria afecta el buen nombre de los amparados, dice el fallo emitido el pasado 24 de julio.
El magistrado Ernesto Jinesta Lobo salvó el voto y declaró sin lugar el recurso.
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