Sin estudio de viabilidad financiera, se aprueba subsidio en pensión para extrabajadores del Incop

Cambio costará al menos ¢169,5 millones al año.

Alejandra Fernández Morera

06/08/15 | 16:13pm

Un subsidio para aumentar la pensión a 203 exfuncionarios del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP) -52 de ellos ya pensionados y los restantes en condición de prejubilación-, fue aprobado en primer debate por 14 diputados de cinco partidos políticos, en la Comisión Plena Segunda de la Asamblea Legislativa. Sólo una diputada votó en contra.

El aval al expediente No. 18219 del miércoles 29 de julio, sobrevino sin un estudio de viabilidad financiera y contradiciendo la advertencia de inconstitucionalidad del Departamento de Estudio, Referencias y Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa en cuatro distintos informes emitidos entre enero de 2012 y el mismo día de la votación, así como de opiniones técnicas de la Caja Costarricense del Seguro Social y de la Superintendencia de Pensiones, entre otros.

“Se concluye que la iniciativa [No.18219] presenta roces de legalidad y de constitucionalidad y por tanto es inviable”, reza el más reciente informe de Servicios Técnicos AL-DEST-ITS-221-2015 del 29 de julio de 2015.

Servicios Técnicos, además, llamó la atención a la Comisión Plena Segunda por la imprecisión y amplitud del artículo aprobado.

De alcanzar un segundo debate, el ajuste en la pensión para este grupo de extrabajadores, liquidados al 11 de agosto de 2006, como resultado del proceso de modernización de dicha institución, se recargará al presupuesto nacional, es decir, se pagará con los impuestos que desembolsan todos los contribuyentes.

Consultado sobre su apoyo a esta iniciativa, el presidente de la Comisión Plena Segunda y representante de la provincia de Puntarenas por el Partido Unidad Social Cristiana, Gerardo Vargas, adujo que esta iniciativa de ley es justa y no debe importar el gasto público.

Presidente comisión plena segunda, diputado gerardo Vargas (pusc)

El legislador calificó de "razonable" el costo fiscal y dijo que no se puede recortar sacrificando a quienes reciben una pensión con la cual no pueden salir adelante.

Aunque el proyecto no cuenta con el respaldo de un estudio económico, asesores del Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa estiman que el costo fiscal ascendería al menos a ¢169,5 millones anuales. El monto será mayor, pues el cálculo se hizo tomando como referencia un salario único de ¢560.697 y sin tomar en cuenta pagos retroactivos a quienes ya se hayan acogido a la pensión.

Con la modernización de INCOP y la entrega en concesión de los puertos en 2006, se creó la figura de prejubilados para todos aquellos empleados de esa institución que, al momento de ser cesados en 2006, tenían al menos 50 años de edad y, como mínimo, 25 años de servicio en la Administración Pública.

El monto mensual que los prejubilados reciben equivale a un 63 por ciento del salario promedio de cada uno de ellos, calculado con los 12 mejores salarios mensuales de los últimos cinco años que hayan recibido en el INCOP. Este gasto se recarga al presupuesto nacional y en el período 2009-2014 ascendió a cerca de ¢4.400 millones.

El proyecto aprobado en primer debate, impulsado desde el 2011 por el ex diputado socialcristiano Rodolfo Sotomayor, adiciona un transitorio a la Ley Reguladora de la Actividad Portuaria No. 8461 de octubre de 2005, para que los prejubilados de INCOP sean trasladados al régimen de pensiones de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) cuando cumplan el derecho a pensionarse, como ya ha ocurrido en 52 casos.

Al jubilarse por el IVM, el monto mensual que reciben es menor a la 'prejubilación', por lo que el transitorio aprobado en primer debate propone que la diferencia se cubra con un subsidio con cargo al presupuesto nacional. De esta forma el grupo beneficiado conservará permanentemente iguales condiciones de pago que antes de la jubilación. El beneficio cobijaría también a quienes ya se hayan pensionado y excluye únicamente a los familiares del pensionado una vez que fallezca.

Diputada del Movimiento Libertario, Natalia Díaz

La única en contra de esta iniciativa de ley es la diputada del Movimiento Libertario, Natalia Díaz, quien refuta la forma y el fondo del artículo que aprobaron sus compañeros.


Cuestiona la forma por cuanto se utilizó un transitorio, propicio para crear una transición entre una norma y otra, pero no para cambios de fondo ni para otorgar derechos como el que se pretende.

Objeta el fondo porque, en su criterio, genera una injusticia entre estos 207 ex trabajadores de INCOP y el resto de costarricenses que no disfrutarán de este privilegio, como lo llamó Díaz, y que subsidiarán su pago.

¿Derecho adquirido?

La Sala Constitucional ha reconocido la posibilidad de que el régimen de pensión para el cual se cotice pueda ser objeto de reformas. Asimismo, ha fallado que en materia de pensiones se puede reclamar un derecho adquirido hasta haber cumplido todos los requisitos de ley para obtenerlo: la edad de pensión, los años de pagar la cuota, los montos, entre otros.

“La pertenencia a un régimen determinado de pensiones o jubilaciones se adquiere desde el momento en que se comienza a cotizar en dicho régimen”, sentenció el Sala Constitucional. “Pero el derecho concreto a la jubilación se adquiere cuando el interesado cumple con todos los presupuestos establecidos por ley, y no antes”, determinó.

La Plena Segunda la conforman 19 diputados de seis distintos partidos políticos: Seis diputados del Partido Liberación Nacional; cinco del Partido Acción Ciudadana; tres del Frente Amplio; tres del Partido Unidad Social Cristiana; un diputado de Renovación Costarricense y una diputada del Movimiento Libertario.

La votación en segundo debate no tiene aún una fecha establecida.

Foto con fines ilustrativos, tomada del perfil de Facebook de INCOP

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