Poder Judicial revierte despido de jerarca acusado de ordenar pagos irregulares a hijo

​Tribunal de la Inspección Judicial había resuelto la revocarle el nombramiento, pero Consejo Superior dejó sin efecto la sanción

20/12/17 | 13:30pm

El Consejo Superior del Poder Judicial revirtió el despido del jefe de la Unidad de Pagos del Departamento de Personal del Poder Judicial, identificado como Ronald Calvo Coto, quien fue acusado y sancionado por ordenar, por casi un año, pagos irregulares en el salario de un hijo que fue nombrado como agente en el Organismo de Investigación Judicial (OIJ).

El Tribunal de la Inspección Judicial había resuelto, desde octubre del 2016, revocar el nombramiento de Calvo Coto, al concluir que dio instrucciones a sus subalternos para que giraran pluses salariales a su hijo entre noviembre del 2014 y setiembre de 2015; sin embargo, el funcionario apeló la resolución y el Consejo Superior dejó sin efecto la sanción.

Así consta en el acuerdo de la sesión N° 112-17 del 14 de diciembre anterior, en la cual, por voto de mayoría, se absolvió al funcionario y archivó la causa. El integrante Ronald Cortés salvó el voto y recomendó una suspensión de tres meses sin goce de salario para Calvo.

En el procedimiento disciplinario también se ordenó el despido del hijo de Calvo Coto, un joven de 25 años de apellidos Calvo Madriz, así como una suspensión de tres meses para el jefe de la sección del Citaciones y Localizaciones del OIJ, Minor Monge Camacho. Ambas sanciones también fueron archivadas.

El caso

Según la acusación de la Inspección que está bajo expediente 15-001524-0031-IJ, el hijo de Calvo venía siendo nombrado como investigador en la Sección de Localizaciones del OIJ, desde el 16 de octubre de 2014, en nombramientos cortos intermitentes que finalizaron el 11 de octubre de 2015.

Durante ese lapso, recibió ¢1.506.851 por conceptos de disponibilidad, pese a que para ese momento no reunía los requisitos esenciales para el puesto de investigador, propiamente el carnet de portación de arma, los exámenes psicológicos aprobados, así como el curso de uso y manejo de armas de fuego.

Esto se dio a pesar de que tres subalternos advirtieron a Calvo de que su hijo no reunía los requisitos para recibir el pago; no obstante, él les indicó a ellos que sí los tenía, por lo que los indujo a error, argumentó la Inspección.

“Usted Ronald Calvo Coto, con su forma de actuar, según los hechos anteriormente acusados, ha permitido que su hijo se beneficie económicamente, comportamiento que resulta contradictorio al deber de probidad referente a la rectitud del desempeño de sus funciones como funcionario público, lo cual provoca la pérdida de confianza como servidor del Poder Judicial”, determinó la Inspección Judicial en la resolución del 28 de octubre del 2016.

En el caso del hijo, fue sancionado por omitir informar por los pagos de más, mientras que al jefe de Localizaciones del OIJ por el supuesto nombramiento irregular. Esto debido a que Calvo Madriz fue nombrado como conserje y una semana después como investigador en la Policía Judicial.

Calvo Madriz estudió criminología, pero en cuatro ocasiones reprobó los exámenes psicológicos que realiza el OIJ para puestos de agentes.

“La boleta de ingreso como Conserje solo sirvió para poder ingresar al Sistema del encausado Calvo Madriz, quien una vez dentro del mismo empezó a verse beneficiado con los nombramientos claramente irregulares y en detrimento de personas que ya estaban elegibles”, alegó la Inspección Judicial.

Vicios de nulidad

En la resolución del Consejo Superior, a la hora de archivar la causa se argumentaron vicios de nulidad en los testimonios, esto debido a que no se investigaron a los subalternos de Calvo Coto, pues considera que si ellos emitieron los pagos debieron ser objeto de investigación.

"Así las cosas, si Ronald Calvo era quien ordenaba realizar los nombramientos de su hijo, según la tesis de la Inspección, a ellos no se les podía, bajo ninguna perspectiva, eximirles de la responsabilidad, pues no operaría la obediencia debida del funcionario, ellos entendían, conforme sus testimonios, que se trataba a su juicio de actos ilegales", dice el fallo del Consejo, por los que los testimonios se anularon y no pueden ser utilizados como prueba.

En el caso del funcionario Monge Camacho se alegó él propuso el nombramiento, pero quien en realidad lo hace es el departamento de Gestión Humana. "No se demostró dolo o negligencia en su actuar, sino, que lo realizado lo hizo bajo su responsabilidad, y amparado a la normativa vigente en ese momento", dice la resolución.

Asimismo, en resolución del 28 de abril anterior, la Comisión de Relaciones Laborales del Poder Judicial también objetó las sanciones impuestas a los funcionarios judiciales investigados.

“El señor Calvo Coto nunca ha incurrido en interés indebido. Su quehacer no era jurisdiccional sino administrativo y tenía el deber de velar porque el salario de cualquier persona que labora en el Poder Judicial, sea pagado en el menor tiempo posible pero además, no es el señor Calvo Coto quien define los pluses y los componentes salariales. El personal subalterno del señor Calvo Coto, recibe un salario por hacer su trabajo y ese trabajo consiste en verificar requisitos, pluses y componentes entre otras cosas”, determinó dicha comisión.

La Fiscalía de Probidad, Transparencia y Anticorrupción también investigó este mismo caso. Sin embargo, en una resolución emitida el 30 de junio del 2016 dictó un sobreseimiento para el funcionario de apellidos Calvo Coto, al no encontrar delito.

Ahora Calvo Coto podrá volver a su puesto como jefe de la Unidad de Pagos del Departamento de Personal del Poder Judicial, donde se deberá encontrar de nuevo con sus subalternos y quienes testificaron contra él en la causa disciplinaria.

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