Restauración y PUSC lamentan aval del TSE para cambio de nombre según identidad de género

​Según legisladores medida genera incertidumbre jurídica y atenta contra bases de la sociedad costarricenses

Alonso Mata Blanco matablanco@ameliarueda.com

14/05/18 | 16:09pm

La resolución del Tribunal Supremo de Elecciones que avala el cambio de nombre en documentos de identidad según el género autopercibido de cada persona generó malestar, cuestionamientos y críticas en dos de las principales fracciones de la Asamblea Legislativa: Partido Restauración Nacional (PRN), conformado por 14 legisladores, y PartidoUnidad Social Cristiana (PUSC), 9.

"Lamentamos la decisión del Tribunal Supremo de Elecciones porque atenta contra las bases de la sociedad costarricense", manifestó Jonathan Prendas, diputado por la provincia de Heredia del PRN, agrupación de corte evangélico, al ser consultado por AmeliaRueda.com.

Mientras que la fracción del PUSC, por medio de un comunicado de prensa, señaló que la resolución del TSE genera incertidumbre a nivel jurídico y electoral. "Respetamos el pronunciamiento del Tribunal Supremo de Elecciones, más no lo compartimos, porque va más allá de un cambio en el documento de identidad implica una serie de alcances en otrás áreas que son muy importantes", señaló el jefe de bancada, Erwen Masís.

La resolución del TSE se tomó este lunes en la sesión n° 49-2018, en la cual se conoció el informe técnico preparado por la comisión interna que estudió la Opinión Consultiva (OC-24/17) de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), así como las recomendaciones registrales que esa comisión formuló.

La Opinión de la CorteIDH, dada a conocer el pasado 9 de enero, responde a una consulta que le hiciera el gobierno de Luis Guillermo Solís, en mayo del 2016, para aclarar si la normativa costarricense relacionada con la identidad género está en concordancia con la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), de la cual el Estado de Costa Rica es signatario. El organismo internacional, en su respuesta, indicó que se debe permitir el matrimonio gay en el país, y que también se debe dar la posibilidad a las personas de definir su identidad sexual en los documentos oficiales (por ejemplo la cédula) por medio de un trámite expedito.

En cuanto al matrimonio entre personas del mismo sexo, el TSE señala que no le corresponde al Registro Civil autorizar o no la celebración de estos matrimonios, pues alega que la función de este es solamente registral.

"En lo que respecta a la inscripción definitiva de dichos matrimonios, para que esta sea posible, es necesario que previamente sea dejado sin efecto (por anulación o derogación) el artículo 14.6 del Código de Familia. Ello, en nuestro ordenamiento jurídico, solo puede hacerlo la Sala Constitucional (que en este momento tiene varios expedientes abiertos relativos a ese particular) o la Asamblea Legislativa".

El artículo 14, inciso 6, del Código de Familia señala que "es imposible" el matrimonio entre personas del mismo sexo.

La posibilidad que tendrá cada persona de dicidir cómo aparece en los documentos de identidad (hombre y mujer) se hará efectiva vez que sea publicada la directriz en el diario oficial La Gaceta. Según el TSE, el proceso será sencillo y expedito; actualmente hay 114 solicitudes haciendo fila en el Registro Civil.

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