Solo la Constitución Política puede establecer inmunidades y no una ley
14/05/15 | 12:42pm
Los puestos de procurador general y procurador adjunto no tienen inmunidad y sus integrantes pueden ser juzgados por sus acciones en la vía judicial ordinaria, determinó la Sala Constitucional.
Los magistrados resolvieron este miércoles una consulta judicial formulada por la Sala III, la cual tenía dudas porque la Ley Orgánica de la Procuraduría reconoce inmunidad para el procurador general; sin embargo, no está establecido en la Constitución Política.
La magistrada instructora del caso, Nancy Hernández explicó que determinaron que la inmunidad es un tema de reserva de la Constitución Política y no una ley.
La Constitución establece que solamente son inmunes los miembros de los Supremos Poderes.
La consulta de la Sala Tercera se da luego de que la Fiscalía General de la República pidió a los magistrados aclarar qué tipo de inmunidad tiene la procuradora general de la República, Ana Lorena Brenes.
El Ministerio Público solicitó a la Sala III autorizar una orden de allanamiento, secuestro y registro de información en la Procuraduría General, con el fin de secuestrar el expediente del nombramiento de Zuli Beatriz Sarmiento como procuradora, a quien se le colocó en un puesto en propiedad a pesar de su origen salvadoreño.
Sobre ese caso en concreto, la Sala Constitucional resolvió que ese nombramiento es legal y no se puede discriminar a una persona por su nacionalidad.
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