​Pulperías, restaurantes y transporte público no pagarán retención de tarjetas

​Por cada compra se retendrá el 1,75 por ciento como cobro anticipado del impuesto de renta

22/09/14 | 13:21pm

Pulperías, restaurantes, taxis y combustibles son algunos de los negocios y servicios que quedarán excluidos de la retención de 1,75 por ciento a los pagos con tarjetas de crédito y débito que hagan sus clientes.

La Dirección General de Tributación (DGT) empezará a aplicar la retención del 1,75 por ciento a los pagos con tarjetas a partir del 1 de noviembre como cobro anticipado del impuesto sobre la renta.

La DGT había anunciado en agosto que las retenciones serían del 2 por ciento y que entrarían a regir a partir del 1 de octubre, sin embargo, la molestia de algunos sectores como vendedores de combustibles y taxistas provocó que Hacienda reconsiderara la aplicación del cobro.

Las retenciones no se harán a comercios del Régimen Simplificado de Tributación, ni a servicios públicos con precios regulados.

viceministro de ingresos de hacienda, fernando rodríguez

El viceministro de Ingresos de Hacienda, Fernando Rodríguez, detalló que las pulperías, restaurantes, zapaterías, fábricas de artesanía, mueblerías, estudios fotográficos, floristerías, fábricas de metales, pescaderías y comercios minoristas quedarán exentos del pago de las retenciones a transacciones con tarjetas.

Según Rodríguez, tampoco se aplicará la retención del 1,75 por ciento a los pagos con tarjetas a servicios públicos como taxis y combustibles, además de las empresas que hayan registrado pérdidas en el último periodo fiscal y productores agrícolas.

Los cambios obedecen a que la medida de cobrar el 1,75 por ciento a los pagos que reciban los negocios con tarjetas no debe afectar las utilidades o ganancias que las empresas obtienen de esas transacciones.

La DGT pretende mejorar la recaudación de impuesto sobre la renta a negocios y comercios con la aplicación de la retención.

El monto retenido de los pagos que recibió el comercio en un trimestre fiscal se puede acumular y descontar al final, cuando se presenta la declaración del impuesto sobre la renta.

AmeliaRueda.com

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