96 recursos de amparo en un solo día: récord de ciudadano que más acudió a Sala IV en últimos15 años

Sala Constitucional señala a dos personas por uso abusivo del derecho de petición

04/01/16 | 09:28am

El viernes 8 de agosto de 2014, Edwin Gonzalo Mora Montero interpuso ante la Sala Constitucional 96 recursos de amparo. En cada uno de ellos reclamaba que se había violentado su derecho de petición -amparado en el artículo 27 de la Constitución Política- al no haber recibido en el plazo de diez días hábiles información solicitada a distintas instituciones públicas.

Esta cifra marca un récord: Mora Montero es el ciudadano que mayor cantidad de recursos de amparo ha presentado en un mismo día en los últimos 15 años. Los 96 interpuestos ese día conforman una décima parte del total (954) que él mismo ha interpuesto entre el 27 de febrero 1999 y el 27 de agosto del 2015 ante la Sala Constitucional.

Le sigue José Ángel Rovira Ugarte, un ciudadano que en tan sólo dos años -entre el 5 de agosto de 2013 y el 19 de julio de 2015- ha recurrido en 589 oportunidades a la Sala Constitucional para reclamar la falta de respuesta a sus gestiones.

El récord de Rovira son 19 recursos de amparo en un sólo día: martes 24 de junio de 2015. Ese fue también el mes en que más amparos presentó, 82 en total, seguido por 71 en diciembre de 2014 (diez de éstos el 24 de diciembre y tres el último día del año).

Así se desprende de un análisis elaborado por AmeliaRueda.com con base en estadísticas de la Sala Constitucional.

Mora Montero ha solicitado información, entre otros, a la Municipalidad de San Rafael de Heredia, Centro De Atención Institucional La Reforma, Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), Ministerio de Salud, Municipalidad de Curridabat, CONAVI, CCSS, la Imprenta Nacional.

Entretanto, Rovira Ugarte ha pedido reiterada información al Ministerio de Educación Pública, RECOPE, CONESUP, el Instituto Nacional de Aprendizaje, el Instituto Nacional de Seguros, la Caja Costarricense de Seguro Social, el Ministerio de Hacienda, el Incofer y el Ministerio de la Presidencia, entre otros.

La información requerida es variada e incluye agendas y actas de reuniones, plazas vacantes, manuales de reestructuración de puestos, nombres de docentes por nivel educativo, nombres de los conserjes.

Los magistrados reclaman que ambos ciudadanos someten al sistema procesal constitucional y a la administración pública a una situación de excesiva demanda y no se ahorran palabras para calificar esta situación: "irracional", "perverso", "desproporcionado", "caprichoso" y "desorbitado". Así lo hicieron, por ejemplo, en la sentencia No. 2015-013022 del 21 de agosto de 2015.

El magistrado de la Sala Constitucional Paul Rueda, explicó que el uso abusivo del derecho de petición se da cuando un solo ciudadano, con la apariencia de hacer un buen uso del derecho, más bien "atiborra" con sus solicitudes a un mismo departamento de una institución pública de tal manera que el servicio y los demás ciudadanos se ven afectados.

magistrado de la sala iv, paul rueda

A criterio de la magistrada Nancy Hernández, la motivación detrás de la presentación abusiva de estos recursos de amparo, no es acceder a información pública o defender la justicia. Más bien, señaló un aparente interés de obtener una ganancia económica.

MAGISTRADA NANCY HERNÁNDEZ

Y es que cada vez que la Sala Constitucional declara con lugar uno de estos recursos de amparo, se condena a la institución pública recurrida a pagar las costas, daños y perjuicios al recurrente. La sentencia se debe ejecutar en el Tribunal Contencioso Administrativo, que en consecuencia también se ve saturado.

Mayoría de recursos son rechazados

En los últimos 15 años, de los 954 recursos de amparo interpuestos por Mora ante la Sala Constitucional, 131 (14 por ciento) han sido declarados "con lugar" y cinco fueron declarados parcialmente "con lugar" por los magistrados. En cambio, la mayoría -365 (38 por ciento)- fueron declarados "sin lugar"; 353 (37 por ciento) fueron rechazados por el fondo; 92 (9,6 por ciento) fueron rechazados de plano.

En el caso de Rovira, de los 589 recursos de amparo interpuestos desde el 8 de mayo del 2013, 173 (29 por ciento) han sido declarados con lugar; tres parcialmente con lugar; 115 (20 por ciento) sin lugar; 89 (15 por ciento) fueron rechazados por el fondo; 62 (11 por ciento) fueron rechazados de plano; 22 (4 por ciento) están archivados; 84 (14 por ciento) se encuentran en trámite; o; 39 (7 por ciento) fueron consideradas de "otro tipo".

Consultado por AmeliaRueda.com, Mora Montero negó un uso abusivo del derecho de petición, y argumentó que debido a que la información que solicita es de interés público se la facilita a terceros que puedan estar interesados en el tema.

RECURRENTE, EDWIN MORA MONTERO

Rovira prefirió no referirse a las gestiones que ha interpuesto y pidió que se contactara a su abogado, Leonardo Gómez.

Gómez indicó mediante un correo electrónico que Rovira "ha recurrido a la Sala Constitucional en muchas ocasiones, por cuanto sus derechos han sido violados en muchas ocasiones".

Confrontado con la sentencia No. 2015-013022 del 21 de agosto de 2015, en la cual se declara sin lugar un recurso de amparo de su representado contra la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), y en la cual los magistrados consideren que su cliente abusa del derecho de petición, Gómez amenazó con exigir un derecho de respuesta a este medio de comunicación si no se publicaba su respuesta.

"Cómo hace doña Amelia Rueda para obtener información que la misma Sala, una y otra vez, ha clasificado como confidencial, y porqué no considera doña Amelia que violar la ley de protección de datos personales es un abuso del derecho. O es acaso que están los periodistas por encima de la ley? ", escribió, negándose a responder las preguntas, entre ellas cuánto dinero han percibido [su cliente y él] por el prejuicio ocasionado en los casos 173 casos en que la Sala ha declarado sus reclamos con lugar.

Las estadísticas de la Sala Constitucional son de dominio público.

El magistrado de la Sala, Luis Fernando Salazar, argumentó que es precisamente el abuso del derecho de petición de ciudadanos como Rovira y Mora, lo que obliga a rechazar los amparos.

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