Retención de 1,78% a comercios por ventas con tarjetas suspendida por Tribunal Contencioso

​Esta medida pretendía aplicarse como cobro anticipado del impuesto sobre la renta

28/11/14 | 20:18pm

La resolución de la Dirección General de Tributación para retener a los comercios el 1,78% sobre los montos que paguen o acrediten sus clientes con tarjeta de débito o crédito, fue suspendida por el Tribunal Contencioso Administrativo la tarde de este viernes.

Ese Tribunal admitió de forma provisional una medida cautelar interpuesta por la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada (Uccaep).

El Tribunal dio tres días hábiles como plazo al Ministerio de Hacienda para que brinde sus alegatos a favor de la medida, explicó el especialista Allan Saborío, socio de Deloitte.

socio de deloitte, allan saborío

Saborío explicó que este instrumento jurídico establecía la obligación de retener ese porcentaje a los comerciantes a partir del próximo 1 de diciembre, pero ahora se está a la espera de lo que decida el Tribunal.

No hay un plazo determinado para conocer la decisión ni para quitar la suspensión.


SOCIO DE DELOITTE, ALLAN SABORÍO

La Dirección General de Tributación había anunciado en agosto anterior que las retenciones serían del 2 por ciento y que entrarían a regir a partir del 1 de octubre; sin embargo, la molestia de algunos sectores - como vendedores de combustibles y taxistas - provocó que Hacienda retrasara la entrada en vigencia de la medida.

Saborío aclaró que en realidad se trata de un monto del 1,78 por ciento y no del 2 por ciento.

Además, en setiembre anterior se anunció que las pulperías, restaurantes, taxis y combustibles son algunos de los negocios y servicios que quedarán excluidos de esta retención a los pagos con tarjetas de crédito y débito que hagan sus clientes.

La medida pretende aplicarse como cobro anticipado del impuesto sobre la renta.

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