Regulación de FIV recae en diputados, no en el Ejecutivo, falla Sala IV al eliminar decreto

Emplazan a diputados a cumplir sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 2012 que exigió al Estado implementar la técnica

Alonso Mata Blanco, Sofía Akepsimidis y Lilliana Quesada

03/02/16 | 17:25pm

Por sentencia de mayoría (5 votos contra 2) los magistrados de la Sala Constitucional resolvieron este miércoles anular el decreto ejecutivo que pretendió regular la aplicación de la fecundación in vitro (FIV), y emplazó al Poder Legislativo para que dicte una ley que se encargue de tal labor.

Los magistrados fallaron de esta forma a favor de los opositores a la FIV, que el 15 de setiembre pasado interpusieron una acción inconstitucionalidad contra el decreto No. 39210-MP-S argumentando que violaba el principio de reserva de ley, dado que el gobierno reguló vía decreto derechos fundamentales que deben regularse mediante una legislación.

"Para cumplir con la sentencia de la Corte Interamericana se requiere de una ley formal, de conformidad con el artículo 2, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos", señalaron los magistrados en la sentencia Nº 2016-1692.

El magistrado Fernando Castillo manifestó que la regulación de la FIV es una labor exclusiva del Congreso. Señaló que ese Poder de la República debe legislar en un plazo razonable para acatar la sentencia condenatoria de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del año 2012 contra el Estado de Costa Rica por no permitir la aplicación de la FIV.

magistrado fernando castillo

Cuatro proyectos de ley han chocado contra la férrea oposición de los diputados evangélicos en la Asamblea Legislativa. Fue precisamente ante la inacción del Poder Legislativo que el Ejecutivo emitió el decreto -ahora anulado- en setiembre de 2015.

Los Magistrados de la Sala no emitieron opinión respecto al fondo del decreto anulado, pues destacaron que todo lo relativo a la regulación de derechos fundamentales, como el derecho a la vida y a la salud de todos los seres humanos (en este caso concreto las madres y sus embriones), es materia reservada al legislador ordinario.

Sí enfatizaron, que "el Estado de Costa Rica está en la obligación de cumplir con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con arreglo a los procedimientos constitucionales previstos para ello".

MAGISTRADO FERNANDO CASTILLO

Consultado sobre el emplazamiento al Poder Legislativo y el significado de un "plazo razonable", el magistrado Castillo se limitó a explicar que le están llamando la atención a los diputados y que deben actuar en un "corto plazo".

Los magistrados que votaron a favor fueron Fernando Cruz Castro, Fernando Castillo Víquez, Paul Rueda Leal, Luis Salazar Alvarado y José Hernández Gutiérrez. Mientras que Ernesto Jinesta Lobo y Nancy Hernández López, salvaron el voto y rechazaron de plano la acción de inconstitucionalidad.

Reacciones

La especialista en Bioética y Derechos Humanos de la Universidad de Costa Rica, Gabriela Arguedas, señaló que hay algunos elementos sobre la aplicación de la técnica de FIV que no se pueden determinar por medio de una ley.

"Nos encontramos en un escenario confuso, donde además del tema político se interponen aspectos morales de los funcionarios políticos", destacó la investigadora.

especialista en bioética, gabriela arguedas

Los diputados evangélicos que interpusieron la acción de inconstitucionalidad, entre ellos Mario Redondo de Alianza Demócrata Cristiana y Gonzalo Ramírez Zamora de Renovación Costarricense celebraron el fallo de la Sala y dijeron están abiertos a discutir un proyecto que regule la FIV, pero que sea "provida".

Entretanto, el vocero de la Arquidiócesis de San José, Glen Gómez afirmó que la posición de la Iglesia Católica se mantendrá en contra de la FIV, independientemente de la línea jurídica por la que se opte.

vocero de la Arquidiócesis de San José, Glen Gómez

"El ideal es seguir aportando criterios y seguir proponiendo el tema de la defensa de la vida", apuntó.

Antecedentes

El Presidente de la República, Luis Guillermo Solís, firmó el 10 de setiembre el decreto ejecutivo No. 39210-MP-S con la intención de regular la aplicación de la FIV en el país.

Este texto surgió como respuesta a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) del 2012 que exigió al Estado a implementar la técnica de reproducción asistida.

El 15 de setiembre cuatro diputados cristianos interpusieron una acción de inconstitucionalidad contra el decreto y argumentaron que intervenía en la autonomía de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y legislaba cuando esa potestad era exclusiva de la Asamblea Legislativa.

El 7 de octubre con una votación cuatro-tres, la mayoría de magistrados de la Sala Constitucional, mediante la resolución Nº 2015-1572, suspendieron el decreto mientras se resolvía una acción de inconstitucionalidad presentada por los opositores contra la aplicación de esta técnica.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) decidió el pasado 18 de enero llevar a Costa Rica a un segundo juicio, por desatender la orden del año 2012 de permitir la FIV.

La Sala Constitucional falló a favor de los diputados evangélicos y anuló el decreto este miércoles a las 11.21 a.m.

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