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Oficiales de Fuerza Pública

Sala IV avala detención de mujer que desacató orden sanitaria por contacto con caso de Covid-19

Actuación de Fuerza Pública inició a partir de denuncia verbal

13/01/21 | 19:28pm

La Sala Constitucional avaló la retención de una mujer que desacató una orden sanitaria, girada por su convivencia con un caso positivo del nuevo coronavirus.

El respaldo a la actuación de la Fuerza Pública consta en la resolución del 15 de diciembre de 2020, en la que el tribunal declaró sin lugar un habeas corpus -figura que garantiza la libertad de una persona y la protege de una aprehensión ilegítima- presentado por una vecina de Matina contra el Ministerio de Seguridad Pública (MSP) debido una violación a sus derechos fundamentales, que en apariencia ocurrió el 28 de agosto, cuando tres oficiales la interceptaron mientras se encontraba en un supermercado.

La recurrente alegó que un policía la agredió física y verbalmente, e incluso tocó sus partes íntimas.

Ninguno de esos hechos fue comprobado por los magistrados; más bien, estos últimos dieron por hecho que la mujer se tornó violenta contra los agentes, forcejeó con estos al intentar tomar un arma de reglamento e incluso hirió a uno de ellos en la disputa, al provocarle una escoriación.

El fallo, al que se le asignó el número 2020024185, indica que la actuación de la Fuerza Pública estuvo antecedida por una denuncia verbal que recibió una oficial que participó de la retención. Esta fue informada de que la mujer fue vista en un supermercado, a pesar de que debía guardar aislamiento domiciliario obligatorio por la enfermedad respiratoria.

A partir del aviso, se procedió a abordar a la recurrente. Cuando se le solicitó su cédula, esta indicó que no la portaba y procedió a dar un nombre y un número de identificación que no coincidían con los suyos. La mujer justificó en su recurso que dio información falsa "por miedo de la forma en la que le hablaron".

Luego de esa situación, y mientras se coordinaba con el Ministerio de Salud para constatar si existía o no la orden sanitaria, la recurrida reaccionó con violencia contra los policías, ante lo que fue necesario reducirla a la impotencia, sin que los altos jueces identificaran un uso excesivo de la fuerza.

Una vez que la situación fue controlada, los policías procedieron a entablar comunicaciones con la Fiscalía de Batán, que ordenó la confección del informe 00-99159-20 por los aparentes delitos de resistencia, desobediencia y negativa a identificarse.

Tras la toma de datos y en presencia de los funcionarios de la cartera sanitaria, se corroboró que la mujer tenía orden de confinamiento vigente entre el 25 y 30 de agosto, según se pudo constatar del documento MS-DRRSHC-DARSS-0567-2020.

"En conclusión, de las valoraciones particulares del presente caso, se verifica que, contrario a lo expuesto por la recurrente, fue ella quien sin justificación alguna arremetió en primera instancia en contra de la integridad física de los oficiales que abordaron la denuncia, dejando como saldo un oficial con escoriaciones, producto de la agresión. En este sentido, es falso que la recurrente haya sido agredida por parte de los oficiales de la Fuerza Pública de Matina. Por consiguiente, y tomando en cuenta que las actuaciones de la Fuerza Pública se realizaron con fundamento en las potestades normativas, se descarta violación a los derechos fundamentales de la recurrente. Por lo tanto, se procede a declarar sin lugar el recurso", resolvió la Sala.

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