Tribunal consideró que se lesionaron los derechos fundamentales al recurrente por no haber sido puesto en libertad de inmediato
21/07/15 | 13:25pm
La Sala Constitucional ordenó este martes al Juzgado de Pensiones Alimentarias de Pococí liberar a un hombre al que se le dio el beneficio de buscar trabajo para pagar la pensión que adeuda.
Los magistrados declararon con lugar un recurso de Hábeas corpus en contra del juzgado, pues autorizó al sujeto a buscar trabajo, pero después de cumplir con el periodo de cárcel correspondiente.
La Sala ordenó que si se le otorga el beneficio de buscar trabajo debe ser liberado de inmediato, indicó la encargada de comunicación del Tribunal Constitucional, Vanlly Cantillo.
El Tribunal consideró que se lesionaron los derechos fundamentales del recurrente, quien debió ser puesto en libertad, una vez que el juzgado analizó y decidió que el beneficio era procedente en su caso particular.
La Ley de Pensiones Alimentarias establece en el artículo 31 la posibilidad de que los jueces otorguen hasta un mes al deudor alimentario para buscar trabajo en caso de que no lo tenga.
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