TSE analizará cambio de nombres si Sala IV falla que opinión de CorteIDH no es vinculante

Autoridad electoral considera vinculante criterio del organismo internacional al revisar jurisdicción constitucional

15/05/18 | 11:39am

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) reconsiderará el aval sobre el cambio de nombres por identidad de género autopercibido si la Sala Constitucional determina que la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) no es vinculante.

Así lo aseguró la mañana de este martes el letrado de la autoridad electoral, Andrei Cambronero, ante la consulta de AmeliaRueda.com.

"El Tribunal tendría que examinar los alcances del fallo de la Sala Constitucional y entrar en un análisis sobre lo que ha resuelto el día de ayer (lunes), porque habría que ver en qué términos lo dice la Sala, si establece algún tipo de redimensionamiento de un fallo, etcétera. Sí volvería a estudiar la resolución", indicó el funcionario.

Cambronero fue también integrante la comisión institucional que analizó y recomendó acciones a los magistrados a partir del criterio del organismo internacional contenido en la opinión consultiva OC-24/17. Ese foro fue conformado además por el jefe del departamento legal, Ronny Jiménez; el jefe del Departamento Civil, Luis Guillermo Chinchilla; y la jefa de la Sección de Inscripciones, Carolina Phillips.

"Para el Tribunal es vinculante el criterio y tomó en materia de sus competencias las determinaciones con base en los precedentes de la propia Sala Constitucional. Pero el fallo habría que revisarlo como todo fallo que pronuncie la Sala Constitucional por la particularidad de nuestro sistema y la competencia que ella tiene", añadió el letrado.

En su sesión n° 49-2018, los magistrados electorales conocieron el informe técnico preparado por la comisión institucional, en el que se incluyen recomendaciones registrales como eliminar el sexo del documento de identificación, así como un trámite expedito y gratuito en el que las personas interesadas en cambiar su nombre únicamente deberán hacer la solicitud ante el Registro Civil, entidad ante la cual deberán firmar un consentimiento informado.

Los cambios aplicarán a una vez que sea publicada la resolución en el diario La Gaceta.

El pasado 9 de enero, la CorteIDH respondió a una consulta que le hiciera el gobierno de Luis Guillermo Solís, en mayo del 2016, para aclarar si la normativa costarricense relacionada con la identidad género está en concordancia con la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), de la cual el Estado de Costa Rica es signatario.

Inquietudes ciudadanas

En la ciudadanía costarricense prevalecen algunas dudas sobre cómo funcionarán a partir de ahora algunos documentos oficiales.

Por ejemplo, varios radioescuchas del programa Nuestra Voz, expresaron sus dudas sobre la vigencia de sus cédulas ahora que se eliminará el apartado de sexo en la versión física. Cambronero explicó que no es necesario solicitar un nuevo documento ya que el tiene vigencia hasta la fecha que lo establece el plástico en el espacio de 'vencimiento'.

Otra preocupación latente es si el cambio de nombre puede permitir el desentendimiento de obligaciones y responsabilidades de la persona, lo cual fue descartado por el funcionario ya que el número de cédula permanece sin cambios y se mantiene único para ese ciudadano, incluso para sus trámites en la seguridad social o el pasaporte.

También existen cuestionamientos sobre el género y si el mismo varía al completarse el trámite, situación que es desmentida por el letrado ya que, el Registro Civil únicamente lleva data del sexo biológico asignado al nacer y no la percepción de la persona como tal.

Por último, Cambronero explicó que corresponde a cada entidad del Estado hacer sus respectivos cambios basándose en la opinión de la CorteIDH y que el Tribunal Supremo de Elecciones se limitó a tomar las determinaciones que le corresponde.

Por ejemplo, la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) deberá definir si hará o no variaciones en los pasaportes mientras que la Superintendencia de Pensiones (SUPEN) tendrá que valorar si permitirá a un hombre cambiar de género para adelantar su jubilación.

AmeliaRueda.com

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