Usuarios de paneles solares podrán cobrar entre ¢53,73 y ¢59,7 por venta de cada kWh

Montos aplican para los generadores a pequeña escala

21/05/15 | 08:58am

Las empresas distribuidoras de electricidad deberán pagar entre ¢53,73 y ¢59,71 por kilovatio hora a los usuarios de paneles solares a pequeña escala que deseen vender los excedentes de la generación de su energía.

Estas tarifas solo aplican para los generadores a pequeña escala.

Vocera de la Aresep, Carolina Mora

Las tarifas ya fueron aprobadas por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) y publicadas este 19 de mayo en el diario oficial La Gaceta.

La Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL) deberá pagar ¢59,71 kWh; la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH) ¢58,66; la Junta Administrativa de Servicios Eléctricos de Cartago (Jasec) ¢58,47; mientras que el Instituto Costarricense de Electricidad (Grupo ICE) tiene que cancelar ¢58,10 por kWh.

La tarifa de venta de excedentes para Coopesantos ¢55,74, la de Coopeguanacaste es de ¢54,58, Coopelesca tendrá que cancelar ¢53,76 y Coopealfaro Ruiz ¢53,73.

Quedan pendientes las tarifas de acceso e interconexión que tendrían que pagar los usuarios de paneles solares para conectarse a la Red Eléctrica Nacional. La Aresep tiene tiempo hasta el 30 de mayo para dar una resolución al respecto.

Consulta a la Procuraduría

El Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), envió una consulta a la Procuraduría General de la República (PGR) para definir el título habilitante que deben tener los generadores de energía solar.

La viceministra de Energía, Irene Cañas, indicó que la propuesta que plantean es de permisos, los cuales requerirían de menos trámites para inscribirse, y afirmó que tienen listo un segundo plan en caso de que la Procuraduría no favorezca la primera opción.

Esta entidad no tiene un tiempo definido para responder a la consulta planteada por el ministerio.

La definición de las tarifas de acceso e interconexión y el título habilitante serían los últimos pasos para que los usuarios de paneles solares puedan operar con regularidad bajo la aplicación de la norma Planeamiento, Operación y Acceso al Sistema Eléctrico Nacional (Poasen), la cual regula la generación, distribución e interconexión de energías renovables.

Sin la norma Poasen, estos generadores de energía a pequeña escala carece de seguridad jurídica para operar.

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