Alimentación subvencionada o gratis para empleados públicos no es un derecho fundamental, aclara Sal

Recurso de amparo contra ICE por no dar almuerzo a empleados de proyectos fue rechazado

17/03/15 | 15:55pm

La subvención o entrega de alimentación gratis en instituciones públicas no constituye un derecho fundamental de los trabajadores, por lo que queda en manos de cada entidad ofrecer el beneficio, reafirmó la Sala Constitucional tras rechazar por el fondo un recurso de amparo donde se reclamaba que el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) no otorga almuerzos gratis a empleados de proyectos.

Vocera de la Sala cONSTITUCIONAL, vANLLY cANTILLO

"El recurso debe rechazarse porque no existe la infracción de derechos fundamentales que se acusa (...) el beneficio de almuerzo como prestación laboral que ofrece el patrono a sus trabajadores no forma parte del núcleo esencial de derechos laborales recogidos en la Constitución Política", dictó la sentencia de los magistrados, emitida en febrero anterior.

El presidente de la Asociación de Empleados del ICE (Asdeice), Fabio Chaves, presentó el recurso de amparo y señaló que este beneficio es necesario para los trabajadores de proyectos de la Institución, debido a que los lugares donde laboran carecen de sitios donde poder almorzar.

Presidente de Asdeice, Fabio Chaves

Según el representante sindical, la entrega de almuerzos gratis está estipulado en los contratos que firman los obreros con el ICE para proyectos como Reventazón, por lo que solicitarán a las autoridades de la institución que cumplan con lo establecido en los documentos.

"Lo que va a pasar que este proceso se va a llevar hasta un año, sin embargo estaríamos cobrando en especies el dinero con el perjuicio que le está causando a los trabajadores", manifestó Chaves.

La entrega de subvenciones de alimentación es un beneficio establecido en las convenciones colectivas que comparten trabajadores de instituciones como el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) y la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva).

Por ejemplo en Recope se da este beneficio si el trabajador labora horas extra, y el AyA lo hace si el empleado cumple sus funciones en la vía pública.

El viceministro de Trabajo, Harold Villegas, comentó que las convenciones colectivas se encuentran en proceso de renegociación, sin embargo estos derechos relacionados con la alimentación no sufrirán modificaciones.


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