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Operativo de restricción vehicular sanitaria

Carta de excepción a la restricción vehicular debe renovarse cada dos meses, establece decreto

Actualización del documento será requerida a partir del 1° de agosto

22/07/20 | 14:32pm

A partir del próximo 1° de agosto, quienes utilicen cartas de excepción a la restricción vehicular sanitaria deberán actualizar sus documentos y considerar que estos tendrán una vigencia de dos meses. También, el comprobante podrá presentarse tanto en físico como en digital.

El decreto 42485-MOPT-S introdujo esas nuevas condiciones para los conductores que necesiten transitar en horarios no permitidos, con motivo de su desplazamiento desde o hacia su centro de trabajo. Anteriormente, no se requería la actualización de la carta y no se precisaba un formato determinado.

Quienes incumplan con la actualización de la carta ahora serán multados como cualquier otro infractor. O sea, se les impondrá una sanción económica de ¢107.768, el retiro de placas y la rebaja de seis puntos en el permiso de conducir.

Además del documento debidamente vigente, los choferes tendrán que portar su carné institucional o empresarial.

Carta de excepción

Descargue aquí el formato de carta de excepción a la restricción vehicular recomendado por la Casa Presidencial.

En el caso de las personas trabajadoras independientes, deberán portar y presentar un documento de respaldo sobre sus labores o la actividad ejercida que justifique su movilización en alguna de las franjas horarias que están establecidas como restringidas. Este puede ser físico o digital.

La Casa Presidencial indicó en un comunicado de prensa este miércoles que los ajustes pretenden mejorar el cumplimiento de la restricción vehicular y facilitar su aplicación a las direcciones generales de Policía de Tránsito y de Fuerza Pública.

Desde el 24 de marzo, el Gobierno de la República ha impuesto una prohibición en la circulación del tránsito usual de automotores, como medida para mitigar la propagación del nuevo coronavirus. Desde entonces se han modificado los horarios de restricción, los cantones y sus excepciones.

La más reciente versión aplica desde el 20 y hasta el 31 de julio. Durante ese tiempo, los conductores podrán viajar con sus actuales comprobantes sin importar su fecha de emisión.

Restricción vehicular

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