Firma digital es un requisito obligatorio en apelaciones por correo electrónico
17/11/15 | 16:56pm
A partir de este martes, los conductores podrán apelar los partes de tránsito por correo electrónico o fax, anunció el director Jurídico del Consejo de Seguridad Vial (CSV), Carlos Rivas.
La nueva modalidad entra en vigencia luego de que se publicó en el diario oficial La Gaceta el decreto que reglamenta la forma en que se puede presentar la impugnación.
Las personas ya no tendrán necesariamente que presentarse físicamente a una de las 12 sedes del Consejo para apelar una boleta, comentó Rivas.
Además, los usuarios tienen 10 días hábiles a partir de que reciben la multa para apelar.
El jerarca hizo un llamado a qulas personas impugnen con responsabilidad y no para ver “si la pegan”, pues -recalcó Rivas- esto implica recursosque se pueden utilizar en otros casos.
Por esta razón, al recibirse una impugnación se valora su procedencia, y con base en ese análisis, se rechaza la apelación de inmediato o se le da trámite, sin que darle curso implique que el quejoso tiene razón.
En el caso del fax, tendrá que ser legible, y se debe adjuntar la copia de la cédula y enumerar las pruebas que desee aportar.
Rivas explica que si el fax no pasa completo o no es legible, se le hará una prevención al interesado, para que en un plazo máximo de 3 días hábiles presente la documentación de forma correcta.
El director jurídico explica que la persona que tramite una apelación por estos medios deberá señalar dos medios para recibir la respectiva notificación.
Obligatoriamente, uno de estos medios debe ser un correo electrónico y se debe indicar cuál será el medio principal de notificación, detalló.
La dirección electrónica para tramitar el reclamo es recepción-impugnaciones@csv.go.cr.
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