Violencia de género,Agresión sexual,Abuso,Organismo de Investigación Judicial,Consejo Superior del Poder Judicial,Tribunal de la Inspección Judicial,Corte Suprema de Justicia
Edificio de OIJ

Despiden a investigador de OIJ que besó y tocó a compañera sin consentimiento

Actos de acoso ocurrieron entre 2016 y 2019 en Sección de Cárceles de la Delegación Regional de la Policía Judicial en Santa Cruz

29/12/20 | 08:37am

Un investigador del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) fue despedido por besar en la boca así como manosear los glúteos y senos de una custodia de detenidos sin su consentimiento.

La revocatoria del nombramiento del funcionario fue impuesta por el Tribunal de la Inspección Judicial el 24 de noviembre de 2020, mediante la sentencia 3761-2020, en la cual lo encontró responsable de una falta gravísima, al resolver una denuncia por supuesto acoso sexual interpuesta el 5 de noviembre de 2019 por la mujer.

De acuerdo con la resolución, a la cual AmeliaRueda.com tuvo acceso, los hechos ocurrieron entre 2016 y 2019 en la Sección de Cárceles de la Delegación Regional de la Policía Judicial en Santa Cruz, Guanacaste, así como por mensajes de texto enviados por la plataforma WhatsApp.

Los actos de hostigamiento en contra de la custodia empezaron cuando el investigador llegó a trabajar a su misma oficia, cuatro años atrás, en una fecha que no fue especificada en el documento; y fueron reiterados durante todo el periodo. Inicialmente, el funcionario insistía en tocarle los brazos e intentar darle besos a la fuerza en la mejilla y boca cuando se acercaba a saludar, al tiempo que le manifestaba estar enamorado de ella, que se fueran a vivir juntos, que no podía aguantar la tentación, entre otros. Posteriormente, llegó a tocarle los glúteos y senos.

Uno de los momentos que llevó a la víctima a presentar la queja ocurrió el 30 de octubre de 2019, cuando esta se encontraba en su escritorio y el ofensor la presionó contra una pared, la besó en la boca y bajó a sus pechos. Ese mismo día, cuando la mujer escaneaba unas reseñas, el hombre también le agarró sus glúteos. Después le envió un mensaje que decía "demasiado tentador no me puede contener".

La trabajadora le comentó ese evento a un compañero suyo, quien declaró ante el órgano disciplinario haber visto a la víctima "muy afectada" por lo acontecido.

Otro servidor judicial, exjefe de la Sección de Investigación y desde marzo de 2019 jefe de la Delegación Regional del Organismo en Santa Cruz, precisó que la mujer le indicó sentirse "agobiada" por los "actos abusivos" que cometía en su contra el ofensor. Consultado sobre cómo observaba él a la víctima cuando esta le cuenta los hechos, el testigo señaló que la notaba "temerosa, triste".

Después de lo acaecido el 30 de octubre de 2019, la funcionaria procedió a informar a su superior, quien le dijo que tenía que volver a sus labores. Ante esta situación, la custodia asistió a la psicóloga, quien la incapacitó tres días.

El 14 de noviembre de 2019, ya con una denuncia en su contra, el investigador volvió a tomar a la mujer por las nalgas y le reiteró que era "demasiado tentador". Antes también le había enviado mensajes de "te amo", ante lo cual la víctima cree que hasta ese momento, su ofensor no había sido notificado de la queja.

Antes de esas situaciones, la afectada se abstuvo de denunciar por la relación de amistad que sostenía con su agresor; misma por la cual "creía que él se iba a corregir y que todo eso se iba a acabar", manifestó en su testimonio. Asimismo, declaró que "no le desea ningún mal a él y por esa razón calló tanto tiempo y no era su intención que él perdiera el trabajo".

Todas estas situaciones provocaron "temor a ser violada" y "molestia" -establece la sentencia- a la servidora, al punto que esta optaba por quedarse en su vehículo para no ingresar a la oficina antes de la hora de ingreso y así no ver al investigador y mucho menos coincidir a solas con él. También, la víctima cambió su forma de vestir "para que él (el agresor) no la viera bonita" y pedía a compañeros de confianza que no la dejaran sola en la oficina con el sujeto.

"A la luz de las reglas de la sana crítica y el buen entendimiento humano; esta Cámara en pleno, es del criterio de que la declaración rendida por la señora (víctima, cuyos datos son protegidos) además de clara, precisa, coherente y circunstanciada; la misma impresionó sincera a este Tribunal y en virtud de ello resulta creíble.

"Véase que la denunciante fue narrando uno a uno los diferentes episodios vividos con el aquí investigado, dejando muy claro que se trataba de conductas no deseadas por su persona las cuales además de resultarle molestas, la hacían sentir sucia y además afectaba su desempeño laboral al punto de no querer ir más a dicha oficina", señala la resolución.

El órgano disciplinario resaltó que los testimonios del otro custodio y del jefe de la Delegación refuerzan la declaración de la mujer, al tiempo que señala que los testigos presentados por la defensa del encausado no aportaron información relevante que permita desacreditar la denuncia o restar credibilidad a esta. Está última situación también ocurrió con la prueba documental aportada por la representación del ofensor.

"Para esta Cámara, la conducta llevada a cabo por el señor (agresor, cuya identidad es protegida) resulta totalmente reprochable y merecedora de sanción en tanto constituye una falta de respecto a la dignidad humana, al derecho de decir no por parte de la víctima y sobre todo una falta a los valores éticos y morales que defiende la Institución y a los cuales deben adecuar los servidores no solo a nivel interno sino fuera de ella en su vida privada.

"Queda absolutamente claro, que para el caso en estudio era evidente la negativa y el rechazo de la denunciante en cuanto a no tener una relación más allá de una simple amistad y pese a ello, se nota una insistente y reiterada persecución y acoso de parte del encausado hacia la servidora (víctima) lo que pone de manifiesto aún más la conducta irrespetuosa y hostigadora en perjuicio de la ofendida que como declararon algunos de los testigos compañeros de oficina, su trabajo si se vio afectado por el miedo y ansiedad que (ofensor) le provocaba cuando ella llegaba a su lugar de trabajo que incluso hacía que ella se quedara en su carro antes de la hora de ingreso", subraya la resolución.

La sentencia, firmada por los inspectores generales Cristian Hernández Agüero, Ericka Quesada Madrigal yMaría Mora Saprissa; puede ser apelada por el encausado ante el Consejo Superior de la Corte Suprema de Justicia, según lo establecido en el artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

AmeliaRueda.com

Noticias, reportajes videos,

investigación, infografías.

Periodismo independiente en Costa Rica.

(506)4032-7931

comunicados@ameliarueda.com

Privacidad