Acoso Sexual,Universidades,Trabajos,Hostigamiento
Los diputados aprobaron una reforma de a la Ley contra el Hostigamiento o Acoso Sexual.

Espacios laborales y educativos tendrán que llevar registro público de sancionados por acoso sexual

​Los registros serán responsabilidad del encargado de cada centro laboral e incluirán las sanciones aplicadas en los últimos 10 años.

11/02/21 | 17:12pm

Los centros de trabajo y de docencia deberán llevar un registro actualizado público de las personas con sanciones en firme por "conductas de hostigamiento sexual", tras la aprobación en segundo debate del proyecto de ley 21.466.

El expediente reforma la Ley contra el Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia, y establece el registro en un nuevo inciso del artículo quinto, de "responsabilidades de prevención".

"Este registro podrá ser consultado por cualquier persona interesada, resguardando la identidad, los datos personales y cualquier otra información sensible de las víctimas. La información se mantendrá en el registro por un plazo de diez años a partir de la firmeza de la respectiva sanción", indica la normativa.

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El máximo de diez años se establece para garantizar el "derecho al olvido", el cual se reconoce internacionalmente para personas que cometieron una falta y fueron castigados por ella.

El artículo quinto de la Ley establece que cada encargado laboral tiene distintas "responsabilidades de prevención", entre cuenta mantener las condiciones básicas de respeto para quienes trabajan en su empresa o compañía, a través de "una política interna que prevenga, desaliente, evite y sancione las conductas de hostigamiento sexual".

También ordena comunicar sobre la existencia de una política institucional o empresarial contra el hostigamiento sexual, establecer los procedimientos internos para atender denuncias relacionadas y mantener personal con experiencia en la materia de prevención del hostigamiento o suscribir convenios para cumplir con los alcances de la ley.

Además de la reforma al artículo 5, el proyecto agrega un nuevo párrafo al artículo 34 de la ley vigente, de modo que "la información relativa" a sanciones, "incluyendo la identidad de las personas sancionadas", sea "de acceso público después de la firmeza de las mismas.

La norma fue aprobada de forma unánime por 42 legisladores y para su entrada en vigencia únicamente ahora solo restará la firma y publicación de la misma por parte del Presidente de la República.

Denuncias estudiantiles

La reforma para establecer el registro la propuso desde junio de 2019 el legislador José María Villalta, del Frente Amplio (FA). Argumentó que el texto serviría para evitar encubrimientos de acosadores, luego de que medios de comunicación y estudiantes publicaron denuncias sobre experiencias en centros educativos.

"Nuestra sociedad machista siempre ha querido esconder las conductas de hostigamiento sexual en el ámbito de lo privado, minimizando su gravedad y no más. La necesidad de transparencia es urgente para prevenir nuevas agresiones y resguardar los derechos de las personas que podrían convertirse en nuevas víctimas".

"Los recientes casos denunciados dentro de las universidades públicas demuestran que este no es un problema nuevo, si no que ha quedado ocultado bajo excusas burocráticas que lesionan los derechos de las personas. El máximo interés de las instituciones y centros de trabajo debe ser proteger a las víctimas y prevenir nuevas agresiones", subrayó el diputado, en aquel entonces.

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