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​Cantones en alerta naranja podrán circular 5 días durante fase de apertura, pero solo dos durante fase de cierre.

Así será la restricción vehicular durante agosto

​Conductores en cantones bajo alerta naranja podrán circular 5 días durante fase de apertura, pero solo dos durante fase de cierre.

29/07/20 | 14:04pm

El gobierno pondrá en marcha nuevas restricciones vehiculares durante el mes de agosto, ante en el aumento en los casos de Covid-19. Las condiciones de la restricción variarán dependiendo de si el periodo es de cierre o apertura.

El mes de agosto tendrá un periodo de apertura a principios y fin de mes (del 1 al 9 y del 22 al 30) pero también una etapa de cierre (del 10 al 21), con la intención de controlar los casos de Covid-19.

Alerta naranja

Para los cantones en alerta naranja, el periodo de circulación será de 5 am a 5 pm durante todo el mes. No obstante, habrá diferencias entre la cantidad de días que pueden circular en fases de apertura y fase de cierre.

amarillo

Durante la fase de apertura, los vehículos podrán circular 5 días a la semana: tendrán restricción un día entre semana y un día en fin de semana. Esta es la programación de la restricción de acuerdo con el último número de la placa:

  • Lunes: 1 y 2
  • Martes: 3 y 4
  • Miércoles: 5 y 6
  • Jueves: 7 y 8
  • Viernes: 9 y 0
  • Sábado: Número par (0,2,4,6 y 8)
  • Domingo: Número impar (1,3,5,7 y 9)

Para la fase de cierre, los vehículos solo podrán circular dos veces por semana: uno entre semana y otro durante fin de semana. Los días se ajustan al mismo orden de placas por día.

Las excepciones para esta restricción se pueden consultar en el siguiente enlace. Usted puede descargar la carta necesaria para validar la excepción en este enlace.

Alerta amarilla

Para los cantones en alerta amarilla, la circulación vehicular será más libre, ya que podrán circular durante fines de semana de 5 am a 7 am y de lunes a viernes de 5 am a 10 pm.

En total, los vehículos podrán circular 5 días a la semana y solo tendrán restricción un día entre semana y otro día durante fin de semana. La restricción se ajusta al mismo orden de placas por día:

  • Lunes: no circulan 1 y 2
  • Martes: no circulan 3 y 4
  • Miércoles: no circulan 5 y 6
  • Jueves: no circulan 7 y 8
  • Viernes: no circulan 9 y 0
  • Sábado: no circulan las finalizadas en número par (0,2,4,6 y 8)
  • Domingo: no circulan las finalizadas en número impar (1,3,5,7 y 9)

Las excepciones para esta restricción se pueden consultar en el siguiente enlace. Usted puede descargar la carta necesaria para validar la excepción en este enlace.

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