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Ministra de la Presidencia deberá encargarse de que se responda la pregunta

Gobierno deberá responder sobre negociación con farmaceúticas para compra de vacunas, ordena Sala IV

​A pesar de que el Ministerio de Salud intentó responder, es la Comisión Nacional de Emergencias quien tiene las competencias adecuadas

15/02/22 | 13:26pm

La Sala Constitucional dio la orden para que la Ministra de la Presidencia, Giannina Dinarte Romero, en menos de 15 días, instruya que se respondan dos interrogantes sobre las negociaciones hechas con casas farmaceúticas para la compra de vacunas.

El reclamo, que se encuentra bajo el expediente 21-024421-0007-CO, fue planteado por Sara Elena Argueta Ruíz. En él se estableció que desde el 11 de noviembre de 2021, Argueta envió un correo electrónico a la Presidencia de la República, en donde solicitó la respuesta a 10 consultas relacionadas a la pandemia, la utilización del código QR y las vacunas. Luego de pasar por varias entidades, las preguntas 9 y 10 quedaron sin respuesta. Estas son:

9. Por favor, indicar por este medio los nombres de las personas que actuaron en representación de las casas farmacéuticas que firmaron los contratos de Costa Rica con cada una de las casas farmacéuticas.

10. ¿Es verdad que el señor Sr. Greg Mueller, de AstraZeneca UK Limites, estuvo vinculado en los contratos que firmó Costa Rica con AstraZeneca?

Para intentar responderlas, desde el Ministerio de Salud indicaron:

“Al respecto he de indicarle que, como ya ha sido de conocimiento público, la adquisición de vacunas contra COVID-19, tanto de Pfizer como de AstraZeneca, ha estado a cargo de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE), por cuanto la compra se ha hecho con recursos del Fondo Nacional de Emergencias. Dicho lo anterior todo lo concerniente a los contratos debe de dirigir las consultas a dicha entidad. No omito manifestar que la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE) tiene información visible y es de acceso público en la página oficial de ingresando al siguiente link: https://www.cne.go.cr/covid/ADQUISICION_VACUNAS.aspx”

Sin embargo, la Sala IV considera que esta no es la institución con las competencias adecuadas para responder, y que debe ser la Comisión Nacional de Emergencias, quien lo haga.

Por esto, declaró el recurso de amparo con lugar. Además, se condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos.

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