Empresa alegaba que había asumido mayores gastos debido a atrasos
17/07/17 | 16:25pm
La polémica legal que durante los últimos años ha mantenido enfrentados al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y a la empresa de origen español Unión Fenosa, acabaron este mes favoreciendo a la entidad estatal, tras un fallo del Tribunal Contencioso Administrativo.
La resolución 67-2017-VIII del 13 de julio de 2017, le dio finalmente la razón al ICE y rechazó por completo la demanda interpuesta por Unión Fenosa, en la cual pretendía que el ICE le pagara $7,9 millones por el supuesto sobrecosto en la construcción de la planta hidroeléctrica La Joya, en Turrialba.
"La sentencia consolida la apreciación del Tribunal Contencioso Administrativo en cuanto a la claridad de la naturaleza que tienen los contratos BOT y las consecuentes obligaciones del contratista en esta modalidad de contratos”, dijo la directora jurídica del ICE, Julieta Bejarano.
La demanda se originó en 2010, a raíz de un proyecto cuyos costos superaron finalmente los $100 millones. En ese entonces la empresa consideró que el monto se elevó debido a que el inicio de obras debió suspenderse a raíz de procesos jurídicos pendientes.
En efecto, la construcción de la planta nunca estuvo fuera de la polémica. Múltiples denuncias de los vecinos señalaron que para construir los túneles que darían agua al proyecto se tenía que atravesar una montaña donde existían nacientes de agua que abastecían a por lo menos seis comunidades de la zona. El Comité Cívico de Tucurrique fue el primero en levantar la voz.
Incluso en la fase de construcción los vecinos denunciaron la sequía de varias nacientes, lo que llevó el tema a estrados judiciales.
Luego de un primer proceso judicial que implicó cambios para evitar afectación ambiental, el Tribunal Contencioso permitió el avance del proyecto el cual vio la luz en su fase operativa en 2006.
La obra se desarrolló mediante el modelo denominado BOT, que permite al operador privado mantener la planta durante un cierto periodo de tiempo para recuperar la inversión y generar ganancias, y al final entregarla al ICE. El periodo acordado en este caso es de 17 años.
"El Tribunal recordó que en estos proyectos se requiere una total asunción del riesgo por parte del constructor no solo en la concepción, ejecución y puesta en marcha de la obra, sino también en la explotación de la misma. En este tipo de contratos, el énfasis recae en la responsabilidad global que asume el contratista”, agregó la representante legal del ICE.
Al declarar sin lugar la demanda, el Tribunal resolvió que las costas procesales y personales correrán a cargo del contratista.
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