Levantamiento de veto a reforma laboral y decreto para prohibir huelgas es una "insensatez política"

​Diputados deben aprobar proyecto que cambia temas de huelgas y sanciones a empleados antes de que entre a regir la reforma

12/12/14 | 15:26pm

El levantamiento del veto a la reforma procesal laboral que hizo el presidente Luis Guillermo Solís este viernes y el decreto que emitirá la próxima semana para prohibir las huelgas en servicios públicos esenciales, son considerados como "una insensatez política" por el abogado constitucionalista Fernando Zamora.

abogado constitucionalista, fernando zamora

Zamora comentó que "a todas luces es contradictorio" promulgar una ley (la reforma procesal) que permite huelgas en servicios públicos esenciales y al mismo tiempo anunciar un decreto que contradice a esa ley. Dijo que en todo caso la prohibición de huelgas no podría realizarse porque los decretos están por debajo de las leyes.

Para el abogado, la decisión de Solís es insuficiente para garantizar que no se hagan huelgas en servicios públicos esenciales.

Además del levantamiento del veto y el decreto para prohibir las huelgas, la Asamblea Legislativa debe aprobar un proyecto que introduce cambios a la reforma, prohíbe las huelgas en servicios públicos esenciales, permite a los patronos sancionar a los empleados que se sumen a paros ilegales y establece que para decretar una huelga se necesita al menos el apoyo del 30 por ciento de los trabajadores de una empresa pública o privada.

El gobierno también incluyó un transitorio de 18 meses que permite que la reforma procesal laboral entre en vigencia en mayo de 2016, lo que le da tiempo al Poder Ejecutivo para que se negocie en la Asamblea Legislativa la aprobación del proyecto de ley de enmienda, según explicó el ministro de Trabajo, Víctor Morales.

El otro escenario es lo que sucedería si en los próximos 18 meses no se logra aprobar la enmienda a la reforma.

Para el abogado constitucionalista Fabian Volio, el decreto que emitirá Solís para prohibir las huelgas en servicios públicos esenciales no tendría efecto, ya que la ley está por encima.

Volio explicó que, por ejemplo, si la reforma procesal laboral entra a regir en mayo de 2016 y no se aprobó el proyecto de enmienda, y un grupo de trabajadores se van a huelga podrían acogerse a lo que dice la reforma y no a lo que establece el decreto que anunció Solís este viernes.

abogado constitucionalista, fabian volio

El Ministro de Trabajo, en declaraciones a AmeliaRueda.com aceptó que si no se logra aprobar en los próximos 18 meses el proyecto de enmienda, entonces las huelgas se regularán bajo lo que indica la reforma procesal laboral, ya que la ley está por encima del decreto.

Para Morales, el decreto es un tipo de "precisión" que hace Solís para dejar constancia de que la voluntad del gobierno sobre las huelgas no es la misma que la que se establece en la reforma procesal laboral.

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