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Abogados del Presidente apelan mecanismo avalado para analizar información de caso UPAD

​Defensa de Carlos Alvarado pide utilizar software forense para discriminar archivos a revisar

22/01/21 | 14:39pm

La defensa técnica del presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, apeló el mecanismo avalado para el análisis de la información extraída de los celulares y computadoras decomisados al gobernante en el marco de las investigaciones por el caso de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD).

El recurso fue presentado la mañana de este 22 de enero, luego de discutirse la posibilidad con el mandatario y durante el último día de la audiencia de apertura de los dispositivos incautados, confirmó vía telefónica a AmeliaRueda.com el abogado de Alvarado Quesada, Rodolfo Brenes Vargas.

Según el jurista, un día atrás el Ministerio Público propuso un procedimiento distinto al que normalmente se utiliza para estudiar el contenido de un aparato electrónico y este fue aprobado por el Juzgado Penal del I Circuito Judicial de San José -que fue comisionado por la Sala de Casación Penal para velar por el cumplimiento de las garantías fundamentales-.

Este consiste en que la información solo esté accesible para el órgano fiscal y los defensores de los implicados únicamente en lo que a estos concierne. Una vez revisada, las dos partes determinarán qué documentos, conversaciones, correos, entre otros, proceden incluirse en la pesquisa y cuáles no, por no estar relacionados. En caso de desacuerdo, el órgano jurisdiccional de garantías será el que establezca la procedencia o no del elemento.

Tradicionalmente, de acuerdo con Brenes Vargas, en vez de que la Fiscalía tenga a su disposición la totalidad de la información, esta es sometida a un software forense que hace una búsqueda entre todos los archivos a partir de parámetros y criterios fijados por los acusadores, querellantes y defensores.

"Eso (el sistema computacional) es lo que protege el derecho a la intimidad y privacidad porque se aseguran de que no va a haber ninguna persona revisando la totalidad de los documentos que contienen información no relacionada con la investigación.

"Por eso esto es un tema que consideramos que debe conocer la Sala Tercera, porque no comprendemos por qué se quiere aplicar un procedimiento distinto para el caso del señor presidente de la República al de cualquier otro ciudadano", explicó el abogado.

La apelación presentada argumenta que los magistrados, al autorizar el 23 de noviembre anterior la apertura de los dispositivos incautados, únicamente avalaron el uso de informaciones que sea de interés para el expediente 20-005434-042-PE.

"Esta diligencia técnico-pericial recaerá en el Ministerio Público así como en la Sección Especializada contra el Cibercrimen del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), quienes, por lo tanto, quedan autorizados también para la creación de la imagen forense, la apertura, el registro y el examen de los dispositivos señalados, mediante parámetros de búsqueda dados por el Ministerio Público y las contrapartes, debiendo dejar constancia del estado en que se encuentra; ubicando aquellos archivos informáticos que contengan información relacionada estrictamente con los hechos investigados; e imprimirán o describirán el contenido de tales archivos informáticos, con la indicación, de ser posible, de su ubicación", determinó el tribunal en la resolución 2020-01519, a la cual este medio tuvo acceso.

Ahora el recurso formulado por la defensa de Alvarado Quesada deberá ser conocido por los altos jueces, que tendrá que convocar a las partes a una audiencia para conocer sus alegatos y posteriormente pronunciarse sobre el mecanismo que debe emplearse para el análisis del contenido de los aparatos electrónicos.

La gestión de Brenes Vargas no frena ni interrumpe el proceso de copiado de los dispositivos decomisados, que se prevé finalice este 22 de enero a eso de las 4:00 p.m.

Esta diligencia arrancó el 11 de enero e incluye la revisión de 14 celulares, 15 computadoras portátiles, tres unidades centrales de procesamiento (CPU), dos tabletas, dos relojes inteligentes, una cámara de video, dos discos duros externos, dos discos compactos y 35 dispositivos de almacenamiento masivo.

Lea: Presidente Alvarado denuncia que Fiscalía revisó sus correos “sin el debido proceso” en caso UPAD

El caso investigado

La Fiscalía General de la República investiga a ocho personas por el manejo de información relacionado con la creación de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos. A ellos se les atribuyen los presuntos delitos de violación de datos personales, abuso de autoridad y prevaricato.

Entre los imputados figuran el presidente Carlos Alvarado Quesada, el diputado y exministro de la Presidencia, Víctor Morales Mora; el exviceministro de Planificación, Daniel Soto Castro; la exjefa de despacho del mandatario, Felly Salas Hernández, el exasesor legal Luis Salazar Muñoz; así como a los asesores de datos de Presidencia, Alejandro Madrigal Rivas, Andrés Villalobos Villalobos y Daniel Fernández Montero.

Dichas indicaciones fueron realizadas por el Ministerio Público como parte del comunicado de prensa en el que informó sobre la realización de 10 allanamientos relacionados con esta causa (expediente 20-005433-0042-PE). Estas gestiones se activaron el 28 de febrero anterior en Casa Presidencial, el Ministerio de Planificación y cuatro casas que no se detallaron.

Según detalló el órgano acusador, la pesquisa hace sospechar que "se habría ordenado pedir datos personales y sensibles de los ciudadanos a diferentes instituciones", proceso del que "se cree que Alvarado Quesada tenía conocimiento".

"De acuerdo con la investigación, desde mayo del 2018 hasta octubre del 2019, Madrigal Rivas, Villalobos Villalobos y Fernández Montero se habrían desempeñado como asesores de datos de la Presidencia de la República y, en apariencia, conformaron una unidad gubernamental para compilar y analizar datos para la supuesta ejecución de políticas públicas, en apariencia, sin ningún respaldo legal.

"Al parecer, Alvarado Quesada, Morales Mora y Soto Castro emitieron un decreto para que se continuara desarrollando esta actividad, a pesar de que, presuntamente, conocían que infringía la ley. No obstante, ante distintos cuestionamientos, el 21 de febrero anterior, la Presidencia de la República habría informado sobre la derogatoria este decreto", indicó la Fiscalía a través de su oficina de prensa.

Los delitos de violación de datos personales, abuso de autoridad y prevaricato están penados en los artículos 196 bis, 331 y 350 del Código Penal.

El primero se castiga con entre uno y tres años de prisión (con agravantes que aumentan el plazo en un año), el segundo con entre tres meses y dos años, y el tercero con entre dos y seis años.

La pesquisa judicial busca determinar si, efectivamente, el entonces equipo asesor de la Presidencia tuvo acceso a "datos confidenciales", una facultad que se le intentó asignar a través de un fallido decreto que se publicó el 17 de febrero de 2020 y se derogó cinco días después ante las críticas de ciudadanos, políticos y medios de comunicación.

Presidencia ha alegado que el equipo asesor de datos funcionaba desde hace año y medio, y que nunca utilizó datos sensibles, a los que no tuviera acceso legalmente.

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