Judiciales,Restricción vehicular,Covid-19,Coronavirus,Pandemia,Gobierno de la República,Alcaldes
Restricción vehicular

Restricción vehicular sanitaria seguirá vigente, resuelve Tribunal Contencioso Administrativo

El tribunal tiene hasta dos años para dictar una sentencia definitiva

17/12/20 | 17:05pm

La restricción vehicular sanitaria impuesta por el Gobierno de la República seguirá vigente, resolvió la tarde de este 17 de diciembre el Tribunal Contencioso Administrativo.

Así lo confirmó a AmeliaRueda.com el abogado José Pablo Badilla Quirós, representante de los seis alcaldes que accionaron legalmente contra la medida, una de las principales que ha utilizado el Poder Ejecutivo para evitar la propagación del virus del SARS-CoV-2.

"El Tribunal resolvió mantenerla (la restricción) hasta que se dicte sentencia de fondo. O sea, hasta que haya una sentencia definitiva", señaló el jurista vía telefónica a este medio, a su salida de una audiencia de ejecución forzosa, solicitada por los gobernantes locales a raíz de la confusión que generó el 3 de noviembre anterior, una primera decisión del Tribunal Contencioso Administrativo, de suspender los decretos ejecutivos que limitan el tránsito de vehículos, emitidos en agosto pasado.

Consultado respecto a cuánto tiempo pasará para que ese nuevo pronunciamiento, el abogado respondió: "Dos años, por lo menos".

En esa resolución el Tribunal Contencioso Administrativo se referirá por el fondo a la demanda presentada por los alcaldes contra la restricción vehicular. Hasta ahora, el órgano jurisdiccional se ha limitado a dictar medidas cautelares.

"A nosotros nos habían dado una medida cautelar favorable, pero el Tribunal hoy (17 de diciembre) interpretó que no. Que en realidad solo se suspendió la restricción de agosto. Entonces todas las restricciones posteriores tienen que seguir para adelante. Ahora falta que el Tribunal se pronuncie respecto al fondo, que eso puede durar dos años más, lo cual obviamente sería absurdo porque de aquí a dos años, o todos estamos vivos o todos estamos muertos.

"El proceso hoy, ya, casi que perdió interés porque ya no es posible una sentencia diferente antes de dos años", explicó Badilla Quirós.

Aún así, el abogado indicó que es posible presentar una revisión de medida cautelar.

"Pero eso es muy difícil, la verdad. Casi que, sin ser jurídicamente definitivo, lo de hoy es en la práctica definitivo. Si nosotros ganábamos hoy, también, sin ser jurídicamente definitivo, en la práctica sí lo era. Es un tema medio técnico, pero casi que sin temor a equivocarme, lo resuelto hoy implica que la restricción vehicular se mantiene por al menos dos años más", aseveró el jurista.

La revisión de medida cautelar será analizada por el equipo legal de los gobernante locales, según Badilla Quirós, quien hasta el momento de la redacción de este artículo no había tenido mayor comunicación con sus representados.

"Casi ni hemos tenido la oportunidad de hablar, pero ellos, la posición de los alcaldes es de seguir luchándola. Ellos no se van a quedar conformes y van a seguir activando todos los mecanismos legales para frenar cualquier intento del Gobierno de limitar la libertad de comercio y la libertad de tránsito. Ellos siguen con fuerza, esto solo los envalentona más", manifestó el abogado.

En el fallo del Tribunal Contencioso Administrativo dado a conocer hace más de un mes, se argumentaba que la restricción vehicular sanitaria no es una medida efectiva para prevenir el contagio del Covid-19 y, por el contrario, provoca un mayor riesgo al hacer que las personas utilicen el servicio de transporte público.

Reiteradamente, el Ejecutivo ha defendido su disposición, aún cuando no se tenían estudios sobre su efectividad.

La medida después fue analizada por el Programa Estado de la Nación (PEN), que relacionó los cantones con menor contagio de la enfermedad respiratoria con los territorios en los que se aplicó la limitación del tránsito de carros. Para medir la movilidad, los investigadores utilizaron datos de la aplicación de localización Waze.

Otro estudio de la Universidad de Costa Rica (UCR) también avaló la efectividad de esta restricción, en ese caso mediante modelos estadísticos. Ellos indicaron que la disposición estricta es uno de los principales métodos para cortar el contagio del virus respiratorio.

Lea: Valorar reducción en contagio de Covid-19 por restricción vehicular, pide CNE a jueces

¿Cómo aplica?

La restricción vehicular sanitaria vigente dispone que, de lunes a viernes, los carros podrán transitar de 5:00 a.m. a 10:00 p.m. en el siguiente orden:

  • Lunes - Todos excepto los de placa terminada en 1 y 2.
  • Martes - Todos excepto los de placa terminada en 3 y 4.
  • Miércoles - Todos excepto los de placa terminada en 5 y 6.
  • Jueves - Todos excepto los de placa terminada en 7 y 8.
  • Viernes - Todos excepto los de placa terminada en 9 y 0.

Fuera de ese horario (es decir, de 10:00 p.m. a 5:00 a.m.), ningún vehículo podrá transitar.

Sábados y domingos, cualquier vehículo puede circular en la franja horaria de 5:00 a.m. a 9:00 p.m.

Usted puede conocer la lista completa de excepciones a la restricción en este enlace y puede descargar en este otro la carta de excepción.

La infracción a esta disposición es castigada con una multa de ¢107.000.

Nota del redactor: Esta publicación fue ampliada a las 5:45 p.m. del 17 de diciembre de 2020.

AmeliaRueda.com

Noticias, reportajes videos,

investigación, infografías.

Periodismo independiente en Costa Rica.

(506)4032-7931

comunicados@ameliarueda.com

Privacidad