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Direcciones tendrán 15 días para entregar informes.

Toda publicación del MEP deberá pasar por "curaduría y clasificación", establece Ministro

Tras publicación de texto erótico, cada dirección tendrá hasta el 15 de diciembre para presentar informe de sus materiales

23/11/21 | 17:52pm

El Ministro de Educación Pública, Steven González, estableció que todas las direcciones encargadas de recursos editoriales del ministerio deberán establecer un informe de curaduría y clasificación de sus materiales, con el fin de dar un adecuado tratamiento a todas las publicaciones que se realicen. Para esto estableció el 15 de diciembre como fecha máxima para la entrega de los informes.

“Atendiendo el llamado del señor Presidente, y convencidos de la necesaria atención del tema, debemos velar no solo porque la producción editorial cumpla con los objetivos educativos y el uso correcto de los recursos públicos, sino también porque se garantice la libertad de expresión como corresponde a una sociedad democrática”, comentó González.

Esta medida se toma luego de la publicación que se realizó en la edición de junio de la Revista Conexiones, que incluía lenguaje soez, explícito y violento. Esta es una revista educativa y vinculada al servicio público, por lo que levantó varias críticas en diferentes sectores.

En la resolución Nº MEP-2950-11-2021 se establece:

“La publicación provocó la indignación de diversos sectores de la sociedad costarricense, motivando que la señora Viceministra Académica ordenará la inmediata despublicación del artículo y solicitara un informe de actuaciones al Consejo Editorial responsable”.

Según el por tanto de esta resolución, los informes deberán tomar en cuenta:

a. Se correspondan con el interés educativo, pedagógico, científico o cultural, del sistema educativo costarricense.

b. Tengan un público meta debidamente definido.

c. No atenten contra el interés superior de las personas estudiantes menores de edad, y;

d. Cumplan con los demás requisitos establecidos en la Guía de lineamientos para publicaciones del MEP.

Por lo tanto, luego de esta disposición, en caso de determinarse que el contenido de alguna publicación sea contraria a lo señalado, debe ser despublicada mediante una decisión debidamente fundamentada.

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