Limitaciones sobre donde y hasta qué altura se puede volar es para todos los usuarios
19/01/16 | 09:00am
El trámite para corregir un error de Aviación Civil en la tarifa de $1.874 que pretende cobrar por la certificación para operar drones con fines comerciales en el país, retrasa su entrada en vigencia.
La gestión se lleva a cabo en el departamento de Leyes y Decretos del Ministerio de la Presidencia, que deben avalar el apéndice tarifario al reglamento de Aviación Civil anunciado en setiembre del año pasado.
El inspector de operaciones de Aviación Civil, Allen Víquez, explicó que el borrador del reglamento establece una tarifa de $6.013 que es incorrecta, pues el monto que finalmente se acordó es de $1.874. Aunque desde octubre pidieron a Leyes y Decretos que lo corrigiera, la diligencia cumple ya más de tres meses.
Según indicó Víquez, en noviembre recibieron respuesta de Presidencia con indicaciones de modificar detalles adicionales, lo cual realizaron en diciembre y siguen a la espera de la aprobación.
El certificado para empresas o personas interesadas en volar drones con fines comerciales se pagará una única vez. Adicionalmente, deben obtener una licencia valorada en $94, cuyo requisito es completar un curso de 40 horas a cargo de esa dependencia y ser mayor de edad.
Aviación Civil pretende que con el reglamento se eviten incidentes y accidentes, para lo cual se establecieron limitaciones en cuanto a zonas y a la altura que se puede volar el artefacto.
Dentro de las regulaciones se establece la prohibición para que estas aeronaves no tripuladas vuelen por encima de los 120 metros de altura.
Quienes vuelen cerca de espacios aéreos en donde se desarrollen actividades masivas, tendrán que contar de manera obligatoria con estudios de análisis de riesgos avalados previamente por Aviación Civil, así como con seguros.
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