Recope.

3 acciones contra beneficios en Recope como becas sindicales y bono para lentes esperan en Sala IV

​Uno de los artículos impugnados permite dar asueto con goce de salario cuando haya fiestas patronales cívicas

25/05/19 | 11:53am

Beneficios como becas para asistir a cursos sindicales, bonos para lentes y hasta la metodología para calcular el aumento salarial cada año, son algunos de los artículos establecidos en la Convención Colectiva de Trabajo de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) que fueron impugnados ante la Sala Constitucional y están pendiente de una resolución.

El miércoles anterior, los magistrados constitucionales anularon privilegios presentes en 11 artículos del acuerdo obrero-patronal, como la cesantía superior a 12 años, licencia con goce salarial por matrimonio de un hijo, subsidio de alimentación, entre otros; no obstante, hay otras tres acciones en curso y listas para ser votadas por los altos jueces.

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La primera de ellas fue presentada el 15 de noviembre de 2016 por la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP), la cual pide declarar inconstitucional los artículos 42, 43, 44, 101, 110, 142 y 159 de la Convención Colectiva.

En el caso del artículo 42, ese establecen permisos con goce de salario que van desde una semana hasta un mes para asistir a cursos de capacitación sindical. El 43 dice que la empresa (Recope) concederá $3.000 para becar hasta a cinco trabajadores para cursos de carácter sindical internacional.

Para los empresarios, también debe ser anulado el artículo 101, el cual permite dar asueto con goce de salario cuando haya fiestas patronales cívicas en los cantones donde trabajan los empleados. Además, el beneficio que otorga el artículo 110, el cual consiste en que los trabajadores tengan un bono de ¢39.322 para la adquisición de lentes graduados recetados por la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) o un médico particular.

Las otras dos acciones de inconstitucionalidad fueron presentadas en junio y julio de 2018, respectivamente. Una fue interpuesta por el exdiputado Otto Guevara y la otra por la Asociación Consumidores de Costa Rica.

En el caso del exlegislador, este pide a los magistrados anular el artículo 156 bis y Transitorio I, el cual establece que los trabajadores recibirán un aumento anual que se calculará de manera escalonada según la evaluación de desempeño. Calificación menor a 80 (tres por ciento), mayor a 80 y menor a 90 (cuatro por ciento) y la que es igual o mayor a 90 (cinco por ciento).

En cuanto a la Asociación de Consumidores, pretende que sean revocados 19 artículos. Por ejemplo el 100, el cual, a diferencia de lo que establece el Código de Trabajo, permite que en Recope sea de pago obligatorio los feriados del 2 de agosto y 12 de octubre.

El pasado jueves, la Sala Constitucional comunicó que una vez al mes estará realizando trabajos de doble sesión con el fin de resolver la mayor cantidad de acciones posibles.

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