​Más de la mitad de las sentencias en procesos de violación absuelven al imputado

Análisis se basa en 1.276 resoluciones dictadas entre los años 2011 y 2015

20/08/17 | 15:47pm

De 1.276 sentencias dictadas en procesos judiciales en Costa Rica por el delito de violación entre los años 2011 y 2015, 687 fueron absolutorias y 589 condenaron al imputado. Es decir, 54 de cada 100 sentencias eximieron de toda culpa al acusado.

Ese 54 por ciento es alto en comparación con el porcentaje de declaratorias de inocencia –en ese mismo periodo– de la totalidad de los procesos penales que se llevaron a cabo en el país y que fue de apenas un 32 por ciento.

El porcentaje de absolutorias en casos de violación también está por encima del de sobreseeimientos en los delitos de homicidio simple (32 por ciento), y robo agravado (28 por ciento).

La información se extrae de un análisis de las estadísticas del Poder Judicial realizado por DataBaseAR, la unidad de investigación de AmeliaRueda.com.

Causas

La mayoría de las declaratorias de inocencia se debe a que en muchos casos este delito se comete en la clandestinidad, sin testigos, y a veces ni siquiera hay un ofensor al cual procesar, explica la fiscala coordinadora de Alajuela, Floribeth Rodríguez Picado.

En ocasiones el ilícito se comete en la intimidad del hogar, por lo que llevar el proceso judicial hasta las últimas consecuencias se torna complicado para algunas víctimas, acarreando conflictos en las relaciones intrafamiliares, así como dependencias económicas y emocionales.

La violación sexual, tipificada en el artículo 156 del Código Penal, se sanciona con pena de prisión de 10 a 16 años, y consiste en tener acceso carnal por vía oral, anal o vaginal, utilizando la intimidación o violencia, aprovechándose de la vulnerabilidad de otra persona.

Es un delito de acción pública perseguible a instancia privada, lo que significa que para que se investigue se requiere una denuncia. Los únicos casos en que la indagatoria se abre de oficio es cuando la víctima es menor de edad o hubiese sufrido una violación grupal.

Rodríguez Picado explica que es crucial la declaración y narró que en muchos casos, dentro del proceso –debido al daño emocional producto del ataque– la persona agredida se rehúsa a hacerlo o retira la acusación, lo que hace imposible obtener una condena.

Parte de las acciones que se han tomado para combatir la impunidad es la implementación del Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Víctimas de Violación Sexual, que opera en el Poder Judicial y en 13 centros médicos públicos.

Bajo ese esquema se brinda atención interdisciplinaria e integral a las víctimas de violación sexual en las primeras 72 horas de ocurrido el hecho, con el propósito de disminuir la probabilidad de infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) e infecciones de transmisión sexual y la revictimización, así como obtener las evidencias legales necesarias.

Pese a esa acción concreta, la cantidad de absolutorias preocupa a la Jefa de la Secretaría Técnica de Género y Acceso a la Justicia del Poder Judicial y coordinadora del Programa de Equipos de Respuesta Rápida para la Atención de Víctimas de Violación, Jeannette Arias Meza.

La funcionaria indicó que es necesario hacer un análisis profundo de esta estadística, máxime que cada año, en promedio, se interponen un total de 1.578 denuncias por violación ante la Fiscalía.

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