
Iniciativa pasa ahora al Plenario para se trámite final de aprobación
20/10/21 | 11:16am
Con una votación de cuatro a favor y uno en contra, la Comisión de Consultas de Inconstitucionalidad del Congreso aprobó este miércoles un texto sustitutivo al proyecto de ley de empleo público donde recoge las observaciones realizadas por la Sala IV.
Los cambios al proyecto se ajustan a los vicios de inconstitucionalidad que los magistrados constitucionales señalaron a la iniciativa tras la consulta facultativa que fue evacuada el pasado 30 de julio.
El principal cambio realizado tiene que ver con los poderes de la República e instituciones autónomas que quedan fuera de la rectoría de la ley que se le otorga en el proyecto al Mideplan, entidad que forma parte del Poder Ejecutivo.
Es decir, tanto el Poder Judicial, las universidades públicas, las municipalidades, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) quedan fuera de la rectoría del Poder Ejecutivo en materia de empleo público.
Eso no quiere decir que no deberán cumplir con los parámetros en materia del salario global, ya que ese artículo del proyecto fue declarado constitucional por la Sala IV.
A favor del nuevo texto votaron: Ana Lucía Delgado, de Liberación Nacional (PLN), Eduardo Cruickshank, de Restauración Nacional (PNR), Laura Guido, de Acción Ciudadana (PAC) y la independiente Zoila Rosa Volio.
El socialcristiano Pedro Muñoz fue el único voto en contra.
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La diputada Delgado, presidenta de la comisión, explicó a AmeliaRueda.com que la moción aprobada acoge en todos sus extremos el voto de la Sala Constitucional.
Además que se recomienda al Plenario aprobar el texto sustitutivo aprobado que solventa las inconstitucionalidades.
Tras este trámite en la comisión, el informe de mayoría pasa al Plenario en un plazo máximo de ocho días y una vez esté ahí pasará a los primeros lugares de asuntos del día para iniciar la discusión y que tendrá una trámite de guillotina donde cinco minutos antes de las 18 horas se somete a votación.
Si el texto sustitutivo es acogido por el Plenario el proyecto como tal deberá conocer en primer debate una vez que se reciban las consultas respectivas.
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