Presidente Carlos Alvarado

Presidente lleva a Sala II fallo que declaró legal huelga en Recope​

​Acción no puede revertir sentencia, pero sí sentar jurisprudencia para futuras declaratorias

06/11/18 | 12:49pm

El presidente de la República, Carlos Alvarado, acudió a la Sala II para que analice la sentencia del Tribunal de Apelación de Trabajo, la cual revirtió la declaratoria de ilegalidad de la huelga en la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope).

El mandatario solicitó a la Procuraduría General de la República (PRG) presentar un recurso de casación en interés del ordenamiento jurídico establecido en el artículo 600 del Código de Trabajo.

Uno de los puntos que preocupa al gobernante es la argumentación del tribunal que determinó que el servicio público que presta Recope no es catalogado como esencial y por lo tanto las huelgas en este sector están completamente permitidas.

Alvarado señaló que el movimiento contra el plan fiscal por parte de los sindicatos sí impactó la distribución del combustible en el país, lo cual se tradujo en pérdidas millonarias.

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El director jurídico de Casa Presidencial, Marvin Carvajal, explicó que están conscientes de que el fallo en segunda instancia no puede revertirse, sin embargo, considera fundamental que se siente jurisprudencia para futuras declaratorias de huelga.

"Considera la Presidencia que el fallo es desacertado en aspectos como la consideración acerca de los servicios públicos esenciales, el carácter violento que tuvo la huelga y otros elementos que se considera que parte de una interpretación inadecuada y por eso se acude a la Sala II", externó el funcionario.

Consultado sobre esta acción del gobierno, el abogado laboralista Marco Durante señaló que es importante que el Poder Ejecutivo establezca el precedente para que el máximo órgano en material laboral del país dé los lineamientos en temas como posibilidad de cobrar de manera retroactiva salarios pagados durante un movimiento ilegal, qué sectores pueden sumarse a la medida de protesta y cuáles son los requisitos que deben cumplir.

"Me parece prudente y oportuno que la presidencia de la República solicite a la Procuraduría que presente un recurso de casación para lograr que la Sala II se pronuncie sobre temas que hoy estamos debatiendo con respecto a las huelgas en el sector público, con el único inconveniente que lo que resuelva la Sala II no aplicaría para casos actuales sino para futuros", externó el experto.

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Además de considerar que Recope no presta un servicio público esencial, el tribunal indicó que no se presentaron los elementos probatorios suficientes que sustenten que la huelga no fue pacífica.

El movimiento provocó una serie de afectaciones como el bloqueo a las afueras de los planteles de Moín en Limón, El Alto en Ochomogo de Cartago, La Garita en Alajuela y Barranca en Puntarenas.

Tras declararse la huelga ilegal en primera instancia el 28 de septiembre, el sindicato de trabajadores de Recope y las autoridades de la institución llegaron a un acuerdo para deponer las protestas el 10 de octubre.

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