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Operativo de restricción vehicular sanitaria

Restricción vehicular: horario se unifica a nivel nacional, pero circulación varía según alerta

Gobierno aflojó prohibiciones de tránsito de autos tras compromiso con alcaldes y empresarios

08/08/20 | 13:53pm

El horario de restricción vehicular sanitaria se unificará a nivel nacional, con más horas permitidas para transitar a partir del lunes 10 de agosto, pero la circulación se regulará según la placa y la alerta en los cantones.

De lunes a viernes, el horario de restricción será de 9 p.m. a 5 a.m., mientras que los fines de semana será de 7 p.m. a 5 a.m.

El presidente de la Comisión Nacional de Emergencias (CNE), Alexander Solís, detalló cómo funcionará en aquellos lugares con alerta naranja

Circulación en cantones naranja

  • Lunes - Sí circulan los carros con placas terminadas en 1 y 2.
  • Martes - Sí circulan los carros con placas terminadas en 3 y 4.
  • Miércoles - Sí circulan los carros con placas terminadas en 5 y 6.
  • Jueves - Sí circulan los carros con placas terminadas en 7 y 8.
  • Viernes - Sí circulan los carros con placas terminadas en 9 y 0.
  • Sábado - Sí circulan los carros con placas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9 (impares).
  • Domingo - Sí circulan los carros con placas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8 (pares).

En los que están bajo alerta amarilla, funcionará:

Circulación en cantones con alerta amarilla

  • Lunes - No circulan los carros con placas terminadas en 1 y 2.
  • Martes - No circulan los carros con placas terminadas en 3 y 4.
  • Miércoles - No circulan los carros con placas terminadas en 5 y 6.
  • Jueves - No circulan los carros con placas terminadas en 7 y 8.
  • Viernes - No circulan los carros con placas terminadas en 9 y 0.
  • Sábado - No circulan los carros con placas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8 (pares).
  • Domingo - No circulan los carros con placas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9 (impares).

Asimismo, ningún vehículo -indistintamente de la alerta- podrá transitar entre las 9 p.m. y 5 a.m. de lunes a viernes, ni de 7 p.m. a 5 a.m. los sábados y domingos.

Alertas

La medida mantienen las excepciones conocidas que usted puede consultar en este enlace, y se establecen -por ejemplo- para las personas que se movilicen al trabajo (y presenten la carta del patrono) o bien, turistas con reservación en hoteles, vehículos de carga, de emergencia, entre otros.

El cambio en la restricción obedece a un compromiso acordado el 6 de agosto por el presidente Carlos Alvarado con representaciones de los gobiernos locales y las cámaras empresariales del sector privado, de flexibilizar las restricciones de tránsito y comercio impuestas para mitigar la propagación del nuevo coronavirus.

Lea más: Gobierno y alcaldes acuerdan una restricción vehicular única y valorar apertura de negocios

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