Huelga de sindicatos

Tribunal: Análisis pobre de pruebas motiva a anular declaratoria de ilegalidad de huelga en MEP

Jueces devolvieron a juzgado el caso para que se corrijan los errores de la sentencia en primera instancia

19/11/18 | 17:13pm

Claridad, precisión, congruencia y fundamentación fueron algunos elementos que el Tribunal de Trabajo le recordó al juzgado de primera instancia al anular de la declaratoria de ilegalidad de la huelga en el Ministerio de Educación Pública (MEP).

Los jueces de apelación determinaron que hubo un análisis insuficiente para justificar la sentencia que señaló que el movimiento de los docentes contra el plan fiscal incumplió con el carácter pacífico que debe tener.

"De haber tenido un verdadero análisis de las probanzas, le permitiría un relato en el acervo probatorio de los elementos de los elementos de juicio que le abonarían a la motivación de lo sentenciado. Se le hace saber al juzgador de instancia que debe tener presente que los hechos probados son quizá la parte más trascendente del fallo, aquí se debe consignar de forma precisa y clara el relato de lo acaecido según su criterio tras valorar las pruebas contenidas en auto", señala la sentencia del tribunal.

Lea: Huelga en el MEP es ilegal: bloqueos rompieron carácter pacífico del movimiento.

De esta manera, los jueces de segunda instancia remitieron nuevamente el caso al juzgado de trabajo para que "corrija los yerros" señalados. Además, les pidió que este trámite fuera expedito.

El tribunal de apelaciones estuvo compuesto por Bettzabé Gutiérrez, Luis Eduardo Mesén y Adriana Chacón, los mismos que revirtieron la declaratoria de ilegalidad en la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope).

La Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) celebró el fallo.

"La anulación de esta sentencia es un triunfo para el Magisterio nacional y toda la clase trabajadora, por cuanto deja sin efectos una primera sentencia que carecía de fundamento para determinar la ilegalidad, por lo que de nuevo nuestro movimiento se cubre de presunción de legalidad", manifestó la presidenta del sindicato, Mélida Cedeño.

Mediante su oficina de prensa, el MEP señaló que respeta el fallo, no obstante, reiteró su llamado a los profesores para que se reincorporen al curso lectivo.

"La calificación de la huelga es un trámite importante para el Ministerio. Sin embargo, por encima de la declaratoria de legalidad o ilegalidad están miles de estudiantes que tienen el derecho a recibir lecciones, conocer sus calificaciones y finalizar el año lectivo para continuar con su desarrollo educativo y social", señaló la entidad.

Proceso previo

Los jueces que resolvieron la huelga en segunda instancia se libraron de una recusación solicitada por la Procuraduría General de la República (PGR).

Días atrás, el abogado del Estado informó sobre el pedido al argumentar que existen elementos que dan lugar a dudas justificadas a la imparcialidad u objetividad con la que los jueces vayan a tomar decisiones en este caso.

En el documento, el procurador general, Julio Jurado, señaló que el juez Mesén se inhibió de conocer el proceso de calificación de la huelga en la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) debido a que había compartido en su perfil personal de Facebook publicaciones donde cuestiona la conveniencia de algunas medidas contenidas en el plan fiscal.

De igual manera, en el caso de las juezas Chacón y Gutiérrez, el ente procurador consideró que también debían recusarse debido a que habilitaron a su compañero para participar en el conocimiento de la declaratoria de ilegalidad de la intitución pese a que el mismo juzgador reconoció su afinidad hacia una de las partes del proceso.

Esa recusación fue rechazada.

Lea: Rechazan solicitud de Procuraduría de sustituir a tribunal que resolverá sobre legalidad de huelga en MEP.

En primera instancia, el juzgado de trabajo había señalado que el movimiento incumplió con el carácter pacífico que debe cumplir la medida de presión debido a los bloqueos de vías.

"En lo tocante al actuar de los gremios sindicales, incluidos los contradictores del presente asunto, los cuales participaron -de forma colectiva- de las manifestaciones que llevaron a bloqueos totales de muchas vías de comunicación nacional, se debe indicar que es reprochable su actuar y que no puede ser considerado como un movimiento pacífico. Además como se tocó en la parte inicial del presente fallo, aparte de la prueba que autos corre, ese actuar es un hecho notorio, de trascendencia colectiva, en el que el derecho al libre tránsito se vio totalmente transgredido", determinó el juez Francisco Quesada.

La huelga en el sector educación ha sido una de las que más impacto ha generado hasta la fecha, ya que desde el inicio del movimiento el 10 de septiembre anterior las clases en escuelas y colegios permanecen suspendidas. Incluso, autoridades del MEP tuvieron que recurrir a voluntarios para cuidar los exámenes de bachillerato en académicos.

Nota actualizada a las 6:02 p.m. con la posición del MEP.

AmeliaRueda.com

Noticias, reportajes videos,

investigación, infografías.

Periodismo independiente en Costa Rica.

(506)4032-7931

comunicados@ameliarueda.com

Privacidad