Fotografía del defensor de Óscar Arias, Rodolfo Brenes

Defensa de Arias descarta renunciar a prescripción de delito en caso Crucitas

​Afirma que su cliente se exponía a "actitud procesal del Ministerio Público que no se apega a los principios de objetividad"

22/02/19 | 15:17pm

La defensa del expresidente Óscar Arias Sánchez descartó que este renuncie a la prescripción del delito por el que el Ministerio Público pretende llevarlo a juicio por haber declarado de interés nacional la explotación de la mina Crucitas.

El representante legal del exmandatario, Roberto Brenes Vargas, dijo a AmeliaRueda.com que él no le recomendaría a su cliente hacer caso de uno de los escenarios que expuso la fiscala general Emilia Navas Aparicio la mañana de este viernes, cuando anunció que apelará la decisión del Juzgado Penal de Hacienda y de la Función Pública, de dictar un sobreseimiento definitivo en favor del Premio Nobel de la Paz.

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"Fíjese que estamos en un caso donde la Fiscalía acusó sin entrevistar a 16 testigos, donde doña Emilia anunció a la opinión pública que había terminado la investigación sin haber entrevistado al testigo principal del caso, donde a don Óscar le imputaron un delito de cohecho que después no investigaron... entonces usted ve una actitud procesal del Ministerio Público que no se apega a los principios de objetividad y se sale de los causes normales.

"En ese contexto, don Óscar no tiene porque someterse a un proceso que se viene tramitando de manera tan irregular", explicó el abogado.

Brenes añadió que por esos motivos fue que decidieron plantear la prescripción durante la audiencia preliminar, en la cual las partes expusieron los motivos por los que consideraban necesario que se abriera o desestimara el juicio.

Cuando se le preguntó al jurista si no consideraba que eliminar ese tipo de estrategias procesales ayudaría a hacer más transparente la participación del expresidente, este respondió: "Lo que pasa es que don Óscar es jurídicamente inocente y se le tiene tratar como tal.

"La prescripción es un instituto que está dentro de nuestro derecho, está previsto dentro del Código Procesal Penal y don Óscar puede acudir a esa defensa y sus abogados le recomendamos que lo hiciera. Ahora nos han dado la razón y han dictado un sobreseimiento y nosotros estamos satisfechos con eso".

En la resolución que eximió al exgobernante de ir a juicio, la jueza Carla Bonilla Ballestero indicó que habían suficientes pruebas para vincular a Arias con el expediente 08-000011-033-PE, pero que no fue indagado a tiempo y, por lo tanto, el delito de prevaricato por el que se le señalaba había prescrito.

Sin embargo, en el órgano acusador del Estado difieren de ello, al argumentar que la decisora tomó como fecha de inicio del plazo de vencimiento de forma errónea, al usar un fallo del Tribunal Contencioso Administrativo del 14 de diciembre de 2010 y no la ratificación que la Sala Primera del 30 de noviembre de 2011.

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Al respecto, Brenes manifestó: "Eso es una tergiversación total de lo que dice la ley. El argumento del Ministerio Público se sostiene en, precisamente, una interpretación incorrecta del artículo. Lo que interrumpe la prescripción es la declaratoria de nulidad de los actos administrativos. Ellos quieren que el juez, donde dice 'declaratoria de nulidad', lea 'firmeza de la nulidad'. Son dos cosas totalmente distintas".

En ese aspecto es en el que basarán el recurso a presentarse la próxima semana en el Tribunal de Juicio del II Circuito Judicial de San José.

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